¿Cómo me afecta la Ley de la Segunda Oportunidad si estoy casado?
Publicado 04/02/22
Actualizado 16/05/23
La regulación del mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad te afectará de modo diferente, si estás casado, en función de cuál sea el régimen matrimonial.
Afectaciones del mecanismo según el régimen matrimonial
Si tu matrimonio sigue el régimen de gananciales (o equivalente) y este sigue vigente (no se ha liquidado), deberás tener en cuenta lo siguiente:
- Si sois copropietarios de una vivienda familiar que puede quedar afectada, deberéis solicitar el Acuerdo Extrajudicial de Pagos ambos, o uno con el consentimiento del otro.
- El Concurso Consecutivo absorberá las deudas de ambos que afecten al patrimonio común (no las privativas). Y el patrimonio incluirá los bienes gananciales y los privativos del concursado.
- El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) conseguido por ti o por tu pareja se extenderá al otro cónyuge respecto de las deudas anteriores a la declaración de concurso que correspondan al patrimonio común.
- Por deudas privativas (las que no afectan al patrimonio común), el BEPI no se extenderá al cónyuge.
- El cónyuge con bienes gananciales afectados puede solicitar en el concurso que se disuelva la sociedad y se liquide y reparta el patrimonio.
- También puede el cónyuge adquirir la totalidad de cada uno de los bienes gananciales pagando la mitad de su valor (el precio debe aceptarlo el administrador concursal o el juez). Ese pago irá a parar al patrimonio del concurso (que se liquidará).
Si, por el contrario, estás casado en régimen de separación de bienes, la deuda corresponderá solo a quien hubiera incurrido en ella (puede ser uno solo o los dos en operaciones conjuntas).
En algunos territorios existen otros regímenes matrimoniales, pero suelen ser parecidos a los citados de gananciales y de separación de bienes. Por ejemplo, en Aragón existe el de consorcio conyugal y en Navarra el de conquistas (ambos similares al de gananciales).
Otras consideraciones
Por lo demás, en los procedimientos concursales y preconcursales (de los que se compone este mecanismo) al cónyuge se le tiene en cuenta en diversos momentos.
Estos son algunos ejemplos:
- Para enviarle algunas notificaciones (como la de declaración del concurso).
- Cuando se incluyen sus datos en ciertos informes sobre deudas y patrimonio.
- En los casos en que pueden celebrarse concursos acumulados de los dos cónyuges o producirse declaraciones judiciales únicas de concursos separados. (Por ejemplo, cuando son socios de una empresa).
- En los casos en que dicho cónyuge tiene derecho a alimentos.
¿Necesitas asesoramiento?
Expón tu caso a uno de nuestros abogados especialistas en insolvencias. Te aconsejará según tu caso particular. Recuerda que la primera consulta es gratuita.