¿Me puede perjudicar tener deudas por culpa de la ludopatía, si quiero acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad?
Publicado 04/02/22
Actualizado 16/05/23
Depende. Lo importante no es la causa que motivó las deudas. Lo relevante sería que esa predisposición al juego compulsivo hubiera comportado la comisión de un delito o alguna otra actuación considerada de mala fe.
La ludopatía es una adicción, no un delito. En la medida en que esta patología lleve a alguien a cometer ciertos delitos (robos, hurtos, estafas, falsedades…) con los que conseguir dinero para cubrir impagos, ello puede perjudicar las opciones de conseguir el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho).
Lo mismo puede suceder si activa comportamientos intencionados para perjudicar a los acreedores (ocultación, falsedad, simulación…), especialmente si ello motiva una calificación de concurso culpable.
Pero si esa adicción al juego solo impulsa acciones poco responsables pero no maliciosas, la causa que haya llevado a que el deudor se vea sobrepasado por las deudas no será relevante.
Ello puede suceder, por ejemplo, si esa adicción lo llevó a:
- Incurrir en gastos excesivos sin intención de perjudicar a nadie.
- Exprimir a fondo el uso de tarjetas de crédito.
- Pedir dinero prestado con reiteración a particulares (familia, amigos, socios…).
- Solicitar microcréditos on line de concesión fácil (con intereses elevados y escasa flexibilidad en caso de impago).
- Negociar ampliaciones de préstamos aportando más garantías.
En todo caso, si el deudor sufre de ludopatía, lo que tiene que hacer es ponerse en tratamiento. Y debería asumir que no puede volver a jugar y apostar. Incurrir en deudas innecesarias (no aprobadas por el mediador o administrador concursal, si son del negocio) no es compatible con tratar de llegar a acuerdos con acreedores y solicitar quitas o aplazamientos de los compromisos de pago.
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