Propuesta Anticipada de Convenio - ¿Qué es y cómo funciona?
Publicado 04/02/22
Actualizado 02/01/23
La Propuesta Anticipada de Convenio es otro de los medios que pone la normativa concursal al alcance de deudor y de sus acreedores para tratar de evitar que el conflicto se deba resolver mediante la liquidación del patrimonio del primero.
Momentos de negociación del Convenio
El Convenio concursal es un acuerdo entre el deudor y sus acreedores, ajustado a ciertas condiciones, que se tramitará dentro del concurso, pero que puede negociarse en dos momentos:
- Una vez iniciado ya el procedimiento concursal.
- Antes de que se declare el concurso de acreedores. En tal caso, se presentará una propuesta anticipada justo cuando se solicite la apertura del procedimiento concursal.
En este último caso, esas negociaciones previas y su presentación constituyen uno de los institutos preconcursales contemplados por la Ley.
Son dos, por tanto, los momentos de desarrollo de las negociaciones y de presentación de la propuesta, uno preconcursal y el otro concursal. Que se logre uno o el otro puede suponer una tramitación más o menos temprana del Convenio dentro del procedimiento.
Pero no hay grandes diferencias de contenido entre el Convenio propuesto de modo anticipado y el ordinario, iniciado en la fase de Convenio del concurso.
Los siguientes son algunos aspectos específicos de la propuesta anticipada. Sobre el contenido del Convenio, y sobre sus efectos una vez formalizado este, se da cuenta en el apartado correspondiente a la Fase de Convenio, dentro del punto ¿Cómo funciona el concurso de acreedores?
Finalidad de la propuesta anticipada de convenio
La propuesta anticipada de Convenio busca:
- Dejar encarrilado el concurso desde su inicio mediante una solución pactada que evite la liquidación patrimonial.
- Acelerar la aprobación del Convenio dentro del concurso (y reducir trámites y costes).
- Anticipar algunos efectos de protección del patrimonio del deudor a un momento previo al concurso: el del inicio de las negociaciones para buscar adhesiones al pacto.
- Favorecer la continuidad de la actividad económica del deudor.
Los dos segundos son fines similares a los buscados por los acuerdos de refinanciación. Pero aunque este otro tipo de pacto también tiene como fin enderezar la situación de impagos, debe destacarse una diferencia: la propuesta anticipada de Convenio no evita el concurso.
Este pacto se tramitará y en su caso aprobará una vez iniciado el procedimiento concursal, mientras que los acuerdos de refinanciación, como los acuerdos extrajudiciales de pagos, sí lo evitan si se aprueban y mientras se cumplen.
Cabe destacar los siguientes aspectos específicos de este pacto negociado inicialmente antes del concurso.
Aspectos específicos del Convenio en la etapa preconcursal
Negociaciones y presentación
- Las negociaciones para buscar adhesiones a un Convenio, una vez comunicadas al juez, se desarrollan durante el mismo plazo que las del acuerdo de refinanciación: tres meses.
- Durante el período de negociaciones, los acreedores no podrán solicitar el concurso y habrá una cierta protección al patrimonio del deudor (paralización o suspensión de ejecuciones y embargos).
- Una vez acordadas las condiciones entre deudor y acreedores, la propuesta anticipada la puede presentar el deudor ante el juez desde que solicite concurso voluntario, o desde que otros legitimados soliciten concurso necesario, hasta que concluya el plazo de comunicación de créditos.
- La propuesta anticipada debe acompañarse de las adhesiones de acreedores cuyos créditos superen cierto porcentaje del pasivo del deudor (sus deudas):
- Al menos un 10 %, si se presentó con la solicitud de concurso del deudor.
- Más del 20%, si se presentó en caso de solicitud de otros legitimados (como los acreedores).
- Las adhesiones deben prestarse en documento público.
- Si la propuesta anticipada no es admitida a trámite o no es aprobada, el deudor puede presentar otra. Y si no obtuvo la mayoría de acreedores necesaria, podrá mantenerla, o también modificarla o presentar una nueva hasta que se comunique el inventario de bienes o la lista definitiva de acreedores.
Esta última posibilidad implica que también pueda presentarse una propuesta anticipada una vez iniciado el concurso, y que pueda negociarse y aprobarse antes de la fase de convenio o dentro ya de esta.
Requisitos para la propuesta anticipada de Convenio
La normativa veta la posibilidad de presentar propuesta anticipada de Convenio al deudor por:
- La comisión de ciertos delitos (económicos, contra el patrimonio, falsedades, delitos fiscales, delitos contra la Seguridad Social o contra trabajadores, etc.).
- El incumplimiento del deber de depositar las cuentas anuales en alguno de los últimos tres años.
Si son personas jurídicas, los citados delitos se aplican respecto de quienes son administradores o liquidadores o lo han sido en los últimos tres años.
El resto de la tramitación se realizará ya dentro del concurso, de manera similar a como se contempla para las propuestas ordinarias de Convenio, aunque en la fase común del concurso.
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