¿Pueden embargarme el salario, los muebles o la ropa si me acojo a la Ley de la Segunda Oportunidad?
Publicado 04/02/22
Actualizado 16/05/23
Los muebles del hogar y la ropa (que no sean suntuarios, de lujo o valor muy elevado), así como una parte de tus ingresos laborales o profesionales, son siempre bienes inembargables.
Por tanto, si te acoges a la Ley de la Segunda Oportunidad, tu mobiliario y tu fondo de armario estarán a salvo.
Y al menos una parte de tu sueldo, rendimiento o pensión, también.
Sí podrían liquidarse (venderse para realizar los pagos) bienes de elevado valor: colecciones valiosas de sellos o monedas, antigüedades, obras de arte, joyas…
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