¿Puedo mantener bienes ocultos mientras me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?
Publicado 04/02/22
Actualizado 01/02/23
Mantener bienes ocultos mientras te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad no es recomendable. En realidad, nunca lo es.
Más allá de la discreción que permite la privacidad y la normativa de protección de datos, una persona o profesional de buena fe no oculta bienes ni a Hacienda ni a otros organismos que deban conocer de su existencia.
Pero dentro del Mecanismo de Segunda Oportunidad el deber de no ocultación es especialmente relevante.
Durante el Concurso Consecutivo
Por un lado, si escondes bienes mientras se tramita el Concurso Consecutivo, podría considerarse que es un comportamiento de mala fe.
La ocultación o el alzamiento de bienes pueden derivar en que se califique el concurso como culpable, y ello, además de otras posibles consecuencias negativas en la resolución de esa fase del procedimiento, impediría que lograses el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho).
Al obtener el BEPI
Por otro lado, si ya hubieras obtenido el BEPI —por una u otra vía— pero se constatara que mantienes dinero, bienes o derechos ocultos (que sean embargables), los acreedores podrían presentarse ante el juez y solicitarle que revocara (dejara sin efectos) ese beneficio que ya creías definitivo o bien encarrilado.
Esto ultimo podría ocurrir durante los cinco años posteriores a la concesión del BEPI.
En tal caso, volverías a tener que hacer frente a tus deudas no pagadas (las que dabas por exoneradas), con los intereses añadidos que se hubieran generado, y los acreedores podrían volver a demandarte.
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