¿Puedo seleccionar qué deudas y bienes quiero incluir en la Ley de la Segunda Oportunidad?
Publicado 04/02/22
Actualizado 16/05/23
NO. No podrás seleccionar qué deudas y bienes quieres incluir y cuáles no.
Acogerse al mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad exige buena fe y transparencia, e implica seguir unos procedimientos basados en reglas y criterios que deben cumplirse. En ellos se intenta partir de una consideración integral tanto de las deudas como del patrimonio.
Antes del concurso
La Ley Concursal indica que para tramitar el Acuerdo Extrajudicial de Pagos (Fase 1 del procedimiento) el deudor debe acompañar la solicitud de nombramiento de mediador concursal con:
- Un inventario de todos los bienes y derechos.
- Una lista de todos los acreedores.
Si se abre la fase de concurso
En el Concurso Consecutivo (Fase 2), todos los créditos de acreedores contra el deudor que existan al declararse el concurso quedan integrados en el conjunto de deudas que deben pagarse. El deudor deberá aportar, entre otros documentos:
- Una lista de acreedores con detalle de la identidad y datos de contacto de cada uno.
- La cuantía y el vencimiento de cada deuda (con sus garantías, si las hay).
El administrador concursal comunicará a cada acreedor que conste en esa lista que se tramita un concurso. Esto permitirá a los acreedores declarar todos los créditos a los que tienen derecho.
Asimismo, en el Concurso Consecutivo se tiene en cuenta, como referencia para los pagos de deudas, la totalidad de los fondos, bienes y derechos del patrimonio del deudor en la fecha de la declaración de concurso (aunque puede sumarse alguno durante el procedimiento).
También pueden añadirse los bienes en régimen de gananciales (en caso de matrimonio con este régimen) que deban responder también de las deudas del concursado.
Solo se exceptúan los fondos o bienes inembargables.
Te recomendamos que en ningún caso ocultes información relevante cuando te acojas al Mecanismo de Segunda Oportunidad. Podría ser considerado un acto de mala fe e impedir que el juez te conceda el BEPI (la exoneración final de tus deudas).
Tu abogado especializado en deudas te asesorará sobre cómo proceder.