Cuándo prescribe una deuda
Si estás agobiado porque tienes pagos pendientes y quieres saber cuándo prescribe una deuda, tranquilo. Estás en el lugar adecuado para encontrar las respuestas que buscas y averiguar si aquello que debes ya ha prescrito o hay alguna forma de no pagarlo.
Para comenzar, debes saber que se define como prescripción de deuda a un proceso legal que hace que esa cantidad debida se vuelva irrecuperable con el paso del tiempo. Una vez que tus deudas han prescrito, los acreedores no podrán reclamar su pago.
Asimismo, es importante recalcar que en España los plazos están regulados por ley y varían según el tipo de deuda contraída.
¿Cuándo prescriben las deudas?
La legislación española actual determina un plazo de prescripción para todas las deudas. No obstante, no todas ellas están sujetas a una regulación específica.
Por ejemplo, en el caso de las tarjetas de crédito hay que prestar atención al Código Civil; en concreto, al artículo 1964.2. Este artículo dice que las acciones personales que no tengan un plazo especial prescribirán a los 5 años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. Sin embargo, en las obligaciones continuadas el plazo comenzará cada vez que estas se incumplan.
¿Cuáles son los plazos de prescripción de las deudas?
Muchas personas nos preguntan cuándo prescribe una deuda con Hacienda o cuándo prescribe una deuda bancaria.
A continuación, encontrarás los plazos concretos de cuándo prescriben las deudas más frecuentes:
- Las deudas con Hacienda o la Seguridad Social prescriben a los 4 años.
- Si tienes deudas por préstamos hipotecarios, debes saber que prescriben a los 20 años.
- Por su parte, las deudas con la comunidad de propietarios prescriben al cabo de 5 años.
- Las deudas por pensiones de alimentos tienen un plazo de prescripción de 5 años.
- Las deudas por préstamos no hipotecarios también prescriben a los 5 años.
- En el caso de las deudas de tarjetas de crédito, el plazo de prescripción es de 5 años.
- Para las deudas entre particulares, el plazo de prescripción es de 5 años.
- En lo relacionado con el alquiler de viviendas, pago de servicios (como agua y luz) y pensión, el plazo de prescripción es de 5 años.
- La deuda con un procurador prescribe a los 3 años.
- Para aquellas cargas contraídas entre los años 2000 y 2005 sin plazo especial de prescripción se establece un plazo de 15 años.
Como ves, los plazos de cada tipo de deuda están muy acotados. Aun así, recuerda que no caducan de forma automática, ya que el acreedor puede interrumpir y reiniciar el plazo de prescripción de distintas maneras.
Diferencia entre prescripción y caducidad de deudas
Aunque ambos conceptos parecen muy similares, en realidad no lo son. Por eso, para que lo tengas más claro, vamos a dedicar este apartado a explicar en qué se diferencian la prescripción y la caducidad de las deudas.
El plazo de prescripción, del que hemos estado hablando hasta ahora, es aquel del que dispone el acreedor para reclamarte el pago de la deuda. Por otro lado, la caducidad implica que, tras un determinado plazo, la deuda desaparece completamente.
Imagina que tienes una deuda que prescribe, por ejemplo, al cabo de 5 años. ¿Quiere esto decir que, transcurrido ese tiempo y de forma automática, deje de ser exigible? Lo cierto es que no.
La realidad es que cada vez que el acreedor te reclama aquello que le debes, incluso por vía extrajudicial, el plazo se reinicia. De igual modo, si tú, como deudor, reconoces la existencia de dicha deuda y queda constancia de ello, también se reinicia el plazo de prescripción.
En resumen, podemos decir que la prescripción se refiere a la pérdida del derecho a reclamar, pero la deuda sigue existiendo, aunque no pueda ser exigida judicialmente. Por el contrario, la caducidad implica la extinción total del derecho. Tras la caducidad, la deuda desaparece y no puede ser reclamada ni reconocida.
¿Cómo se interrumpe la prescripción de una deuda?
Sea cual sea tu posición, acreedor o deudor, es fundamental que conozcas cuándo prescribe una deuda y cómo se interrumpen sus plazos.
Generalmente, los acreedores reclaman el pago de aquello que se les debe mediante trámites legales, ya sean judiciales o extrajudiciales. Y esto conlleva la interrupción de la prescripción de la deuda y el reinicio de los plazos. Por tanto, resulta muy complicado que lleguen a prescribir sin pasar por un proceso judicial.
Para que esa reclamación de la deuda conste y tenga efecto, es el propio acreedor quien tiene la obligación de notificarla. Además, debe hacerlo identificando con claridad el crédito que reclama al deudor. De igual manera, estas gestiones han de llevarse a cabo de modo que no haya dudas y pueda probarse tal reclamación.
De lo contrario, podría interpretarse desinterés por su parte y, con ello, la deuda se extinguiría.
¿Qué tipo de notificaciones interrumpen la prescripción de una deuda?
Como hemos visto, la ley protege al deudor ofreciendo el derecho al olvido de la deuda mediante la prescripción. Así, una vez prescrita, no se puede reclamar. En cambio, mediante reclamaciones fehacientes que dejan constancia del contenido y de que el destinatario ha recibido la documentación, se interrumpen y reinician los plazos.
Este tipo de notificaciones son:
- Burofax con acuse de recibo y certificación de texto. Dicha notificación garantiza y demuestra no solo el envío y el contenido, sino también la fecha de recepción del escrito.
- Telegrama con acuse de recibo. El mayor inconveniente es que no se pueden adjuntar documentos y los textos deben tener una longitud máxima.
- Carta entregada en mano. Es el medio más inmediato y económico, siempre que el destinatario firme la notificación de la recepción.
- Conducto notarial. Un notario puede dar fe del contenido de la comunicación y certificar su recepción. Por esta vía se pueden adjuntar documentos, aunque el coste es más elevado.
¿Qué tipo de notificaciones no interrumpen la prescripción de una deuda?
En el caso opuesto, veamos cuáles son las notificaciones que no evitan la prescripción de una deuda:
- Email, SMS o WhatsApp. Estas comunicaciones son de carácter privado y fácilmente manipulables. Solo pueden tener valor de prueba si no se impugnan. En el caso del correo electrónico, este debe identificar claramente al receptor del mensaje. De lo contrario, no sería fehaciente. Con esto queremos dejarte claro que la mera confirmación de entrega en el buzón o la bandeja de entrada del deudor no basta.
- Correo electrónico certificado. Si solo se obtiene la confirmación de entrega en el buzón, pero no se confirma que se haya recibido la comunicación ni se identifica al destinatario, no es fehaciente.
¿Cómo saber si ha prescrito una deuda?
Para saber cuándo prescribe una deuda, debes conocer el momento en que se originó. De igual modo, has de asegurarte de si el acreedor ha realizado algún tipo de acción extrajudicial o legal en tu contra durante el período de prescripción.
Aun así, los siguientes pasos te ayudarán a saber si esa deuda ha prescrito o no:
- Revisa las fechas del último pago. El plazo de prescripción se inicia en la fecha de la última reclamación formal recibida o el último pago efectuado.
- Verifica si tienes reclamaciones judiciales. ¿Ha enviado el acreedor un requerimiento de pago antes de que cumpla el plazo de prescripción? ¿Ha iniciado un proceso judicial? Recuerda que, en esas situaciones, el plazo se interrumpe.
- Habla con un abogado especializado. Dada la complejidad de los plazos, lo ideal sería recurrir a un profesional experimentado para que te ofrezca un asesoramiento personalizado.
Por otro lado, no es lo mismo deberle dinero a un particular que debérselo a la Administración. Como has visto anteriormente, dependiendo del acreedor, el plazo de prescripción de la deuda puede variar.
¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda?
Estos asuntos suelen ser muy delicados y, en general, podemos decir que las deudas con Hacienda no prescriben. Por tanto, podrán perseguirte por tiempo indefinido.
La conclusión que sacamos de aquí es que resulta esencial mantenerte al día con tus obligaciones fiscales para evitar problemas futuros.
¿Cuándo prescribe una deuda reclamada judicialmente?
Una deuda que se ha reclamado por vía judicial y tiene sentencia firme, en la que se presenta demanda de ejecución, no prescribe.
Sin embargo, aunque parezca que con una deuda reclamada judicialmente no hay más recorrido que pagar, no es así. En este caso, contar con los servicios de un abogado especializado en deudas te va a resultar muy útil.
Y es que al recibir una demanda judicial por una o varias deudas, el profesional te ayudará a asegurarte de que no han prescrito o se han aumentado con cláusulas o comisiones abusivas.
Es más, en muchas ocasiones nos encontramos con demandas con errores. Entre ellas, la más frecuente es el reclamo de una deuda ya pagada.
¿Cómo funciona la prescripción de una deuda?
La prescripción de deudas es un concepto legal que marca un límite de tiempo para que los acreedores reclamen el pago de sus deudas. Lo que viene a decir es que, de forma legal, caduca el derecho del acreedor a exigir el pago, por lo que el deudor deja de estar obligado a pagar esa deuda.
¿Cómo funciona este proceso? Vamos a verlo en unos sencillos pasos:
1. Inicio del período de prescripción
El tiempo comienza a contar en la fecha en que la deuda se vuelve exigible. Por ejemplo, si hay una factura con fecha de vencimiento para el pago, el plazo de prescripción comienza ahí mismo.
2. Plazos de prescripción
Como ya hemos visto, los plazos tienen en cuenta la naturaleza de la deuda. De forma general, las no hipotecarias tienen un plazo de 5 años y las hipotecarias se extienden hasta 20 años.
Aun así, en el segundo apartado del artículo podrás consultar cuáles son los plazos de las deudas más habituales.
3. Interrupción de la prescripción
Si, como deudor, reconoces la deuda o realizas un pago parcial, en ese momento se reiniciará el período de prescripción desde cero. Lo mismo sucede si el acreedor reclama la deuda de manera formal.
4. Consecuencias de la prescripción
Una vez prescrita la deuda, no estás obligado a pagarla. Sin embargo, debes saber que esto no implica que haya desaparecido por completo.
¿Qué quiere decir esto? Que puede quedar un registro financiero o aparecer en informes de crédito durante un tiempo, a pesar de que no te la puedan reclamar.
5. Efectos secundarios de la prescripción
Es posible que, aunque no tengas obligación de pagar una deuda que ha prescrito, tus acreedores sigan intentando contactar para cobrar. En esta situación, puedes informarles de que, según la ley, la deuda ha prescrito y que cesen sus intentos de cobro.
¿Cómo oponerse a la reclamación de una deuda prescrita?
Si tienes una deuda que ha prescrito, parece lógico pensar que no te la podrán reclamar y no será necesario realizar ningún tipo de acción para oponerse. Ahora bien, el acreedor puede continuar reclamando, bien sea porque no sea consciente de la prescripción o porque esté probando a ver si pagas.
En caso de que esa deuda ya no sea exigible y el acreedor te contacte por vía extrajudicial como, por ejemplo, un burofax, no estás obligado a responder. No obstante, es recomendable que lo hagas explicando que aquello que debías ha prescrito y citando los artículos legales correspondientes.
Por otro lado, si la reclamación se hace por vía judicial a través de un juicio monitorio, es posible que el juzgado no lo admita a trámite. Aun así, si lo hace, tendrás 20 días para oponerte. En ese tiempo tendrás que comparecer y explicar que la deuda ya prescribió.
¿Puedo eliminar una deuda si no ha prescrito?
A la hora de la verdad, lo cierto es que es casi imposible que una deuda prescriba. Y es que basta con que el acreedor inicie una reclamación formal para que el plazo de prescripción se interrumpa.
En ese caso, si tienes deudas que no puedes pagar y recibes cartas, demandas por impago e infinidad de llamadas telefónicas, casi rozando el acoso, tu solución está en la Ley de Segunda Oportunidad.
Gracias a ella, cualquier persona insolvente (particular o autónoma) puede cancelar sus deudas, siempre que cumpla con los requisitos de la segunda oportunidad establecidos. Además, tras la reforma legislativa de 2022 se han reducido los plazos, abaratado los costes y simplificado los procedimientos para cancelar las deudas.
Ley de Segunda Oportunidad, ¿qué hacer si no puedes pagar las deudas?
La ley proporciona un marco legal en el que personas físicas y autónomos en situación de insolvencia pueden acceder a la exoneración de sus deudas.
Para que puedas acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario ser insolvente, cumplir con ciertos requisitos y tener diferentes acreedores. Los aspectos clave de esta ley son los siguientes:
- Permite la negociación de la deuda y, en determinados casos, su cancelación parcial o total.
- Precisa de alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores antes de solicitar la exoneración de las deudas.
- Libera las deudas, tras agotar todas las vías legales.
Esto es lo más habitual, aunque también tienes opciones para acogerte a la segunda oportunidad si solo tienes un acreedor.
Pasos para cancelar una deuda
La cancelación de una deuda conlleva que se salde por completo. Esto puede suceder de varias formas:
- Pago total.
- Acuerdos de refinanciación.
- Quitas.
- Acuerdos de pago con el acreedor.
Aun así, este proceso puede complicarse, especialmente si estás en una situación financiera difícil. Por eso te dejamos aquí una serie de pasos para que cancelar esa deuda te resulte más sencillo.
- Analiza la situación financiera. Antes de pensar en cancelar la deuda, debes conocer a la perfección sus detalles: cantidad, plazos y términos y condiciones.
- Negocia con el acreedor. En numerosas ocasiones, los acreedores están dispuestos a negociar nuevas condiciones. Es importante tener una buena comunicación con ellos para tratar de llegar a un acuerdo viable para ambas partes. De este modo, podrás conseguir nuevas condiciones de pago, acuerdos de refinanciación o, incluso, quitas parciales de la deuda.
- Acuerdo de pago. Si se alcanza un acuerdo, debe quedar reflejado por escrito con los términos acordados: importe a pagar, plazos y cualquier otro término relevante del acuerdo. Así se evitarán malentendidos futuros.
- Paga la deuda. Acordado el pago, debes cumplir con los términos pactados y así evitar consecuencias adicionales.
- Confirma la cancelación. Una vez saldada la deuda, es recomendable obtener una confirmación por escrito.
Refinanciación de deudas y Ley de Segunda Oportunidad
Con esta ley, tanto autónomos como personas físicas pueden volver a comenzar a nivel financiero, pese a enfrentar serias dificultades económicas. No obstante, para ello hay que transitar un proceso legal complejo que requiere un asesoramiento legal personalizado y especializado.
Si quieres saber cuándo prescribe una deuda que has contraído y necesitas hablar con un abogado especialista en deudas, contacta con nosotros.
La prescripción de deudas afecta directamente a tu situación financiera y debes comprender las reglas antes de tomar decisiones vitales. No te dejes abrumar por una situación como esta y toma el control con la ayuda que necesitas.