8 años
Catalán, castellano, francés, inglés y portugués.
Tratamos la Ley de la Segunda Oportunidad en Barcelona desde que fue aprobada, en 2015. Tenemos experiencia operando tanto en mediaciones concursales como ayudando a las personas a conseguir la segunda oportunidad.
Con nosotros el cliente terminará su experiencia sin deudas, sin preocupaciones, con un certificado digital que le servirá para toda la vida y lo más importante, satisfecho.
Somos profesionales especializados en la Ley de la Segunda Oportunidad, insolvencias y concursos de acreedores.
Damos plena dedicación a nuestro trabajo y garantizamos resultados. Una vez estudiado cada caso, si nuestro cliente puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, la tasa de éxito es del 100%.
Tratamos la Ley de la Segunda Oportunidad, prácticamente desde que fue aprobada hace 5 años.
Ponemos en marcha procedimientos automatizados para que cada expediente vaya sobre ruedas y no encalle.
Garantizamos que estaremos siempre al lado de nuestro cliente y dándole una solución personalizada siempre a todos sus problemas.
Estamos dados de alta en el Ministerio de Justicia como Mediadores Concursales. Una garantía más de profesionalidad y experiencia.
Nuestro despacho está en el centro de Barcelona y somos accesibles tanto de forma presencial como telemática.
Ofrecemos una primera consulta gratuita, donde nuestros clientes pueden exponer su caso.
Somos conscientes de las dificultades económicas de nuestros clientes y por ello ofrecemos el pago fraccionado de nuestros honorarios ajustado a cada caso.
8 años
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Catalán, castellano, francés, e inglés
Abogado colegiado especializado en derecho concursal, insolvencias y cancelación de deudas mediante la Ley de la Segunda Oportunidad.
Está dado de alta en el Ministerio de Justicia como Mediador Concursal
9 años
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Catalán, castellano, inglés
Abogada laboral, dirige el área de Derecho Laboral y Negociación Colectiva.
Se enfrenta a diario a situaciones de despidos, accidentes de trabajo, negociación colectiva o reestructuración.
Acogiéndote a la Ley de la Segunda Oportunidad en Barcelona, conseguirás eliminar casi el 100% de tus deudas privadas y las deudas públicas hasta el límite legal establecido.
Actualmente, en base a las decisiones judiciales del Tribunal Supremo y en base a todo lo aprobado por los jueces de lo Mercantil de Barcelona, todas las deudas privadas (menos algunas definidas en la ley como las de pensión de alimentos) son eliminables si se cumplen los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad.
Por tanto, el cliente debe saber que las deudas con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social también se pueden eliminar hasta el máximo de 10.000 euros de deuda con Hacienda y 10.000 euros de deuda con la Seguridad Social. Se cancelan totalmente los primeros 5.000 euros y a partir de ese importe el 50% hasta el límite citado anteriormente. El resto de la deuda pública se podrá incluir en un plan de pagos.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que no es posible acogerse a dicho mecanismo si el deudor tiene antecedentes penales por delitos económicos (hurtos, estafa, falsedad, delito fiscal, etc.) o si ya se ha acogido anteriormente a la Ley de Segunda Oportunidad.
Según nuestra experiencia en Barcelona, la duda más común de los clientes es si este mecanismo tiene alguna contrapartida oculta.
En general, como es una ley muy nueva, las personas se muestran incrédulas y desconfían de la realidad del mecanismo.
Por ejemplo, no conciben que se hayan podido endeudar por valor de 50.000 euros y que esta deuda vaya a ser eliminada de un plumazo. Otros tienen miedo a ser embargados, a perder todos los ahorros, a no poder pagar suministros. Esto sobre todo en cuanto a la persona física natural.
En cuanto al empresario o autónomo, muchos tienen miedo de pagar por un trámite y terminar al final de todo con las mismas deudas o incluso más. Muchos han sido mal asesorados previamente por personas sin especialización que les dicen que ir a concurso o no, es lo mismo y que las deudas se tienen que pagar. Lo cual no es correcto.
Otros tienen algún antecedente penal (alcoholemia, conducción sin carnet, amenazas, tráfico de drogas, etc.) y se preguntan si pueden acogerse a esta Ley. La respuesta es afirmativa, ya que la prohibición de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es para delitos económicos.
Estos son los delitos por los cuales una persona no podria acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad:
También hay que tener en cuenta que solo pueden acogerse a esta Ley las personas con deudas inferiores los cinco millones de euros.
Por nuestra parte somos siempre claros a la hora de explicar el procedimiento y lo tenemos tan automatizado que nuestro cliente se siente cómodo y confía en nosotros.
No existe un mecanismo directo de eliminación de deudas como este.
Evidentemente las deudas prescriben si nadie las reclama al cabo de muchos años, pero basta una notificación para romper dicha prescripción.
Lo fundamental es que el cliente se deje orientar por un especialista. Hay personas que han ido a presentar directamente concurso de acreedores en vez de pasar previamente por el procedimiento de Acuerdo Extrajudicial de Pagos y mediación concursal.
Eso es un error grave que imposibilita acogerse a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI, eliminación de deudas). Es necesario acudir a un profesional que haga un diagnóstico certero.
En base al artículo 489 de la Ley Concursal no se pueden cancelar, es decir, no se pueden incluir en la Exoneración de Pasivo Insatisfecho (EPI):
No existe deuda mínima, sin embargo se requieren la existencia de dos o más acreedores.
Tal y como hemos mencionado anteriormente, existe deuda máxima: 5 millones de euros es el tope para poder acogerse.
Esta Ley es desconocida por dos factores:
Los costes de la Ley de la Segunda Oportunidad los tiene que pagar el interesado con los recursos que tenga, ya que es un hecho excepcional que seguramente no volverá a repetir en su vida.
Aceptamos pagos fraccionados ya que muchos clientes no tienen la capacidad económica para pagar todo el trámite de golpe. En este sentido, somos un despacho humano que damos cierta facilidad al cliente. También ofrecemos una primera consulta gratuita, para que nuestro futuro cliente exponga su caso.
Animamos a cualquier persona que quiera acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad en Barcelona que contacte con nosotros, puede ser literalmente, el inicio de una nueva vida.
Para todos aquellos clientes que quieran acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad en Barcelona tenemos un despacho físico en Travessera de Les Corts 356 Entresol 6a.
La mayoría de nuestros clientes prefieren llevar su caso de forma telemática. Dado que nosotros nos encargamos de recopilar toda la documentación, los desplazamientos son cada vez más innecesarios.
Hay que tener en cuenta que estamos 100% disponibles por teléfono, WhatsApp y videoconferencia.
Nuestro método de trabajo es directo, rápido, económico y agiliza enormemente los trámites y procedimientos.
Sí, si cumples los requisitos para acogerte a la justicia gratuita, es posible que un abogado de oficio en Barcelona pueda llevar tu caso de Segunda Oportunidad.
El procedimiento que debes seguir es sencillo. Ponte en contacto con el Servicio de Orientación Jurídica y Mediadora SOJ – SOM.
En el caso de Barcelona se encuentra en la Ciutat de la Justícia, Edifici D – Avinguda del Carrilet, 3, planta primera, 08902, l’Hospitalet de Llobregat. El teléfono de contacto es el 93 422 15 45 o bien el 93 496 18 80. Podrás encontrar toda la información que necesitas clicando en el siguiente enlace: Colegio de abogados de Barcelona.
Son muchas las ventajas de contactar con Libertad Sin Deudas en vez de con un abogado de oficio para llevarte un caso de Ley de Segunda Oportunidad:
Sea como sea, no pierdas la oportunidad de contactar con nosotros. La consulta es gratuita y sin compromiso. ¡Puede ser el inicio de una nueva vida!
Falta
La respuesta es clara y simple: No.
El funcionamiento para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad consta de tres simples pasos:
Si te acoges a la Ley de la Segunda Oportunidad en Barcelona, tu expediente se presentará en el Juzgado Mercantil, ubicado en Gran Via de les Corts Catalanes 111 (08075 Barcelona).
Una vez presentada la documentación necesaria en el registro mercantil, esta debe ser admitida a trámite. El expediente será revisado por un juez, que será quien firmará el auto de cancelación de la deuda.
Por lo tanto, ten claro que en ningún momento tendrás que ir a declarar o comparecer en un juicio en caso de que decidas acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Sí. Para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad en Barcelona necesitas un procurador. Esto es así desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal del 26 de septiembre de 2022.
El coste del procurador oscila entre 200 y 300 euros, en función del caso y del partido judicial que corresponda.
El procurador debe estar dado de alta en el Colegio de Procuradores de Barcelona, situado en el Carrer Victoria Kent 4-B, Local (08902 L’Hospitalet de Llobregat).
Sin embargo, no debes preocuparte por este trámite. Nosotros nos encargamos de todo.
Muchos de nuestros clientes dudan de que exista una ley que les permita cancelar sus deudas. En realidad, es un derecho y un beneficio que existe en todas las legislaciones de los países de la Unión Europea y en la mayoría de las economías desarrolladas.
En los siguientes enlaces se puede consultar la legislación vigente:
Puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad a partir de:
99 €/MES
Escucha testimonios en primera persona de casos de éxito.
Libertad Sin Deudas en Barcelona
Ley Segunda Oportunidad y Concursos de Acreedores
Dirección
Travessera de Les Corts 356 Entresol 6a
08029 Barcelona
Horario
Lunes: 9:00 – 19:00
Martes: 9:00 – 19:00
Miércoles: 9:00 – 19:00
Jueves: 9:00 – 19:00
Viernes: 9:00 – 19:00
Sábado: Cerrado
Domingo: Cerrado
90
14
247.000€
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