Concurso Express
Publicado 23/05/22
Actualizado 02/01/23
¿Qué es un concurso de acreedores express?
Se denomina coloquialmente concurso de acreedores express o concurso express al procedimiento que se sigue en los casos en que el juez aprecia de manera evidente que la masa activa —patrimonio del deudor que se tiene en cuenta en el concurso— sería insuficiente para satisfacer los gastos del procedimiento o los créditos contra la masa (según los casos).
Se dirige, por tanto, a quienes son insolventes por acumular deudas que no podrán cubrir ni con sus ingresos o facturación actuales, ni vendiendo activos, y no ven posible reflotar esa situación en el futuro.
En estos casos, en el mismo acto en el que se declare abierto el concurso, el juez ordenará que concluya. Se desarrollará así un procedimiento sencillo, con muchas menos fases que los completos, en el que no habrá liquidación o esta se realizará de modo más rápido, ceñido a ciertas deudas.
Es aplicable a todo tipo de deudores, personas físicas o jurídicas, aunque hay algunas diferencias.
Y, por lo demás, constituye una vía idónea si se pretende la extinción rápida de una empresa inviable o, en el caso de particulares o autónomos, se busca optar sin excesivas dilaciones a la cancelación de deudas pendientes mediante el BEPI.
Requisitos del concurso de acreedores express
Para que se active la vía del denominado concurso express, el juez deberá estimar que:
- Con el patrimonio disponible del deudor no se cubrirían ni los gastos del procedimiento. O si el deudor es persona física, no llegaría para pagar todos los créditos contra la masa.
- El concurso no se calificaría como culpable (no se dan elementos en el comportamiento del deudor que justifiquen esa consideración).
- No sería previsible el ejercicio de acciones de reintegración de fondos o bienes al patrimonio del deudor (mediante rescisión de operaciones recientes).
- No se prevén acciones posibles de exigencia de responsabilidad que puedan de igual modo incrementar el patrimonio. Por ejemplo, dirigidas a socios con aportaciones pendientes, administradores, liquidadores, auditores, otros contratantes, terceros implicados…
Asimismo, si hubiera algún bien con garantía real, deberá quedar claro que tras la ejecución no se obtendrían fondos sobrantes con los que pagar deudas distintas a la garantizada.
¿Qué finalidad tiene el concurso de acreedores express?
Esta vía rápida de sustanciación del concurso tiene como principal propósito no alargar la duración del procedimiento ni incrementar el importe de la deuda en aquellos casos en que es manifiesta una notoria inexistencia de patrimonio aplicable al pago.
Hay que pensar que las deudas por los gastos del procedimiento (costas, minutas de abogados, coste del administrador concursal…) son parte de los créditos contra la masa. Serían por ello cobros con la máxima prioridad. Además, dentro de este grupo de créditos previos a los demás concursales, una parte de esos gastos sería prededucible. En concreto, los imprescindibles para la liquidación, si esta se produce, aprobados por el juez.
Por ello, optando por un concurso simplificado, se evitará generar nuevos gastos que:
- castigarían aún más la situación crítica del deudor;
- adquirirían mayor preferencia —sobre los escasísimos bienes del concursado— que otros créditos existentes de los acreedores.
Lo primero iría contra el interés del deudor sin favorecer a los propios acreedores. Lo segundo resultaría poco equitativo.
¿Qué tipo de deudor pueda acogerse a un concurso de acreedores express?
El tipo de deudor al que está destinado el concurso de acreedores express es un particular, autónomo, sociedad mercantil o ente que:
- Carece de patrimonio, o apenas dispone de fondos, activos e ingresos relevantes, y no tiene previsión de obtenerlos.
- Acumula deudas que no puede cubrir ni en una pequeña parte con ese patrimonio.
- Carece de actividad económica (o si la tiene, la continuidad de esta es ya inviable).
- No ha incurrido en comportamientos negligentes o de mala fe. (Entre ellos, apropiarse de bienes u ocultarlos, falsear documentos, aportar datos inexactos, simular situaciones económicas no reales, no formular cuentas anuales si es obligado, llevar contabilidades irregulares, distraer bienes, enajenarlos o cederlos de modo injustificado o perjudicial…).
Este último punto debe asociarse al deudor persona física o a los administradores, directores generales o responsables del deudor persona jurídica.
Ventajas y beneficios del concurso de acreedores express
Son varios los beneficios que puede aportar el que se sustancie el concurso por este procedimiento rápido. Los siguientes son los más destacables:
- Es una vía que permite cumplir la obligación de solicitar el concurso.
- El procedimiento tiene una tramitación sencilla.
- En ocasiones se prescinde de nombrar un administrador concursal.
- Se evita el riesgo de que se califique el concurso como culpable.
- El procedimiento tiene un coste moderado.
- La conclusión del concurso es más rápida.
El concurso express es una vía que permite cumplir la obligación de solicitar el concurso
Como habitualmente tomará la iniciativa el deudor, cumplirá con ello su obligación de no demorarse más de dos meses en solicitar su concurso desde que conoció o debió conocer su insolvencia. Y lo hará sin por ello adentrarse en un procedimiento largo.
Será el juez el que determine si se sigue esta vía procedimental, pero al estudiarse la solicitud puede preverse ya que será así si se ha valorado bien la situación patrimonial y es constatable que resultará insuficiente incluso para cubrir las deudas más preferentes.
El concurso express tiene una tramitación más sencilla
En general, no habrá fase de convenio, ni de calificación ni de liquidación. Y la fase común, de hecho, será solo un acto, el de declaración/conclusión, incluyendo como mucho un posible trámite de recurso. (Con personas físicas sí puede haber liquidación, pero rápida, con pagos según un orden de prioridad específico).
Es, por tanto, un procedimiento mucho más simple que el seguido en otros concursos abreviados u ordinarios.
El concurso express en ocasiones prescinde de la administración concursal
No habrá nombramiento de administrador concursal, salvo en el caso de deudores particulares o autónomos (que tengan algunos fondos y bienes —con los que pagar algunos créditos contra la masa— y opción a solicitar el BEPI).
Al no intervenir esta figura, se generan menos costes y se simplifican trámites, y no habrá intervención de facultades del deudor.
Por otro lado, cuando no se designa esta figura es porque no habrá liquidación.
El concurso express evita el riesgo de que se califique el concurso como culpable
Si examinado el caso no es previsible el riesgo de concurso culpable, no habrá calificación. Se evitan así a priori las consecuencias negativas que podría comportar que se llegara a dar al concurso esta consideración (inhabilitaciones, responsabilidad de administradores…).
Por supuesto, se trata de un requisito, por lo que debe fundamentarse de inicio en la inexistencia de hechos reveladores de comportamientos negligentes o maliciosos del deudor.
El concurso express tiene un coste moderado
Al eliminarse varias fases —convenio, calificación, liquidación—, algunas secciones —de masa activa, de masa pasiva…— y bastantes trámites, y prescindirse en algunos casos de la administración concursal y de la liquidación (al menos de la ordinaria, que conllevaría un plan de liquidación previo), los gastos resultarán mucho más reducidos que en otros concursos.
Ello es adecuado para no deteriorar aún más la ya de por sí crítica situación patrimonial del concursado.
El concurso express conlleva una conclusión del procedimiento más rápida
Al simplificarse fases y trámites, se consigue con mayor celeridad el fin del procedimiento y con ello la extinción de la empresa y, si procede, la concesión inicial del BEPI.
Asimismo, para la propia Administración de Justicia —a menudo colapsada, sobre todo en coyunturas de crisis— esta modalidad constituye una vía de desahogo, al sustanciarse muchos procedimientos de modo muy simplificado.
¿Cómo funciona un concurso de acreedores express?
Los concursos de acreedores que se engloban en la denominación coloquial concurso express pueden presentar variantes, pero tienen en común que se ordene en el mismo acto judicial la apertura y la conclusión del procedimiento.
Ello se produce cuando el juez determina, al solicitarse la declaración de concurso, que no hay patrimonio del deudor suficiente para cubrir los gastos del procedimiento o el conjunto de créditos contra la masa, según los casos.
Cuando se dan esos presupuestos, y se cumplen ciertos requisitos, se desarrolla un procedimiento simplificado en el que puede ocurrir que:
- no haya liquidación;
- se ejecute una liquidación rápida, con pago de algunos créditos contra la masa siguiendo un orden de prioridad específico.
A continuación se expone de modo resumido como funciona un concurso de acreedores express.
Solicitud de concurso
Generalmente, la solicitud de concurso express, como tal, la inicia el deudor. No obstante, el juez puede apreciar de igual modo que procede esta vía a partir de una solicitud convencional del deudor o de los acreedores, una vez examinados los datos y documentos y constatada la insuficiencia patrimonial.
Aportación de información y documentos
La solicitud del deudor deberá acompañarse de la misma información y documentación que en una petición ordinaria de concurso. Entre otros documentos, memoria económico-jurídica del deudor, justificación de la insolvencia, inventario de bienes, lista de acreedores y créditos… Y en el caso de empresas, además, memoria de la actividad, lista de empleados, cuentas anuales recientes, etc.
Si solo hay algún bien hipotecado o pignorado, deberá aportarse una valoración técnica que permita concluir que lo garantizado no queda por debajo del valor del bien.
Y si la solicitud es de otro legitimado, deberá incluir información sobre los créditos y justificantes de los hechos reveladores de insolvencia o petición de pruebas para acreditarlos.
Valoración del juez de presupuesto y requisitos
El juez valorará los datos y documentos a fin de comprobar si existen o no bienes suficientes con los que pagar los gastos del procedimiento (o los créditos contra la masa, si es persona física).
Comprobación de la insuficiencia patrimonial del deudor
El juez considerará el patrimonio del deudor como insuficiente para esos pagos aunque en ese patrimonio existan:
- Ingresos o bienes inembargables, de poco valor, invendibles o muy deteriorados.
- Algún bien hipotecado o pignorado, si tras la ejecución no sobraría dinero con el que zanjar otras deudas además de las garantizadas.
Por tanto, si hay activos pero son irrelevantes a efectos de los pagos, ello no impedirá considerar el patrimonio como insuficiente.
Estimación del cumplimiento de otros requisitos
El juez deberá deducir además que no será previsible:
- Realizar reintegraciones al patrimonio del deudor, por rescisión (anulación) de operaciones recientes perjudiciales o ejercicio de acciones de responsabilidad de terceros.
- Calificar el concurso como culpable por comportamientos negligentes o maliciosos de este.
Declaración de apertura y cierre del concurso
Realizadas las comprobaciones, si se dan los presupuestos y requisitos, el juez en un mismo auto declarará abierto el concurso y ordenará su conclusión simultánea por insuficiencia de masa activa. Se publicará esa decisión en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Si no se considerara el patrimonio insuficiente, se continuará tramitando el concurso por la vía que corresponda.
Posible recurso contra la conclusión del concurso
Esta decisión de conclusión simultánea está abierta a que algún acreedor u otra persona con interés legítimo la recurra, si considera que no procede. Los motivos pueden ser diversos, la mayoría directa o indirectamente relacionados con la posibilidad de que se incremente el patrimonio del deudor o se confirme que existe y es relevante.
Por ejemplo, que se estime que el deudor:
- tiene otros bienes conocidos;
- posee patrimonio oculto;
- dispone de algún bien hipotecado, pero la deuda garantizada es muy inferior a la tasación o valor de mercado;
- realizó operaciones recientes perjudiciales para su patrimonio que se pueden rescindir;
- tuvo comportamientos que calificarían el concurso como culpable…
También el deudor puede oponerse a la conclusión precipitada del concurso sin liquidación, si cree que ello le perjudicaría (por ejemplo, una persona física que prevé viable lograr el BEPI mediante un plan de pagos).
Si no hay recurso o no se estima, la conclusión será firme, aunque quede algún trámite por sustanciar.
Desarrollo del procedimiento
En general, se impone una simplificación de trámites:
- No habrá fases de convenio, calificación y liquidación.
- Dentro de la fase común, el trámite será más sencillo y rápido, sin abrirse las secciones específicas de determinación de la masa activa y de la masa pasiva si no hay impugnaciones.
Además, hay ciertas diferencias en función del tipo de deudor.
En caso de deudores que sean personas jurídicas
- Se abrirá y cerrará el concurso en el mismo acto judicial si el patrimonio no existe o no cubre ni los gastos del procedimiento.
- La liquidación de activos no se realizará, al no haber bienes (o, si los hay, no ser tenidos en cuenta para los pagos a acreedores o considerarse afectos a deudas específicas sin potencial sobrante tras la ejecución).
- No se nombrará administrador concursal.
En caso de deudores que sean personas físicas
Si el deudor carece de bienes, no tiene previsión de ingresos y no tendría opción al BEPI, lo normal es que se aplique el esquema anterior para personas jurídicas.
Pero si el particular o autónomo dispone de algunos bienes:
- Se abrirá y cerrará el concurso en el mismo acto judicial si el patrimonio no existe o no cubre todos los créditos contra la masa.
- Se nombrará administrador concursal.
- La liquidación será rápida (sin el habitual plan de liquidación), siguiendo en los pagos un orden de prioridades específico. En concreto:
- Tendrán la máxima prioridad como importe prededucible los créditos imprescindibles para efectuar la liquidación. Entre ellos, algunos gastos de la administración concursal, autorizados por el juez.
- Se reordena la prioridad dentro de los demás créditos contra la masa respecto del general. La lista incluye deudas por salarios recientes, otros salarios e indemnizaciones, ciertos pagos por alimentos, costas y gastos judiciales y demás conceptos de este grupo. (Hay límites en algunos importes).
El nombramiento de administrador concursal en estos casos se producirá precisamente por realizarse esa liquidación acelerada y porque, tras la conclusión del concurso, con ciertos requisitos, podría ser concedida la exoneración de deudas mediante el BEPI.
Conclusión del concurso
Extinción de deudas y de la empresa deudora tras el concurso express
Realizados los pagos, si proceden, y sustanciados los posibles recursos, el concurso quedará concluido y se extinguirá la empresa, con su eliminación de la hoja del Registro Mercantil.
Al desaparecer la empresa y verificarse que no tiene activos, es como si se cancelaran esas deudas pendientes por imposibilidad de cobro.
No obstante, no es exactamente así de modo formal. Tanto en el caso de concurso express como en cualquier otro concurso que concluya quedando deudas por pagar, tras esa extinción de la sociedad subsistirá una cierta personalidad jurídica. Quedará latente a efectos de resolver posibles asuntos pendientes o que puedan suscitarse.
Por ejemplo, si hay que deshacer ciertas relaciones jurídicas o culminar otros trámites, o hay nuevas demandas (improbables), o se reabre el concurso por aparición de bienes…
Obtención del BEPI por personas físicas tras el concurso express
La normativa concursal determina que el deudor persona física será responsable del pago de los créditos que no haya podido satisfacer en el concurso. Podrá evitarlo, total o parcialmente, si obtiene el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
Cumpliendo ciertos requisitos —ser deudor de buena fe, satisfacer algunos créditos y/o zanjar el pago en un calendario de hasta cinco años—, podrá librarse así de las deudas pendientes consideradas exonerables.
¿Cuánto tarda en tramitarse un concurso de acreedores express?
La tramitación de un concurso express no suele durar más de TRES MESES. Hay que tener en cuenta, eso sí, que no puede determinarse a priori la duración de este tipo de concurso con precisión y que en ocasiones el procedimiento podría verse dificultado por complicaciones sobrevenidas.
Factores de los que puede depender la duración de un concurso express
La mayor o menor duración de un concurso express puede depender de factores como los siguientes:
- Algunos concursos contarán con administrador concursal y otros no.
- Los habrá con un trámite rápido de liquidación y pago, pero en otros este no se producirá.
- Aunque haya bienes escasos o una lista breve de acreedores, algunos casos resultarán algo más complejos que otros.
- Puede haber oposiciones, impugnaciones y recursos —de acreedores, de otros legitimados o incluso del propio deudor, bien contra la decisión de concluir el concurso, bien sobre otros aspectos del procedimiento— que deberán dirimirse.
- No todos los juzgados funcionan con la misma prontitud y agilidad.
Como decimos, un concurso express puede sustanciarse en un período de entre MES Y MEDIO y TRES MESES si el trámite discurre con agilidad, sin interrupciones, y no hay pagos, o si al disponerse de poco patrimonio se procede a una liquidación de ejecución fácil.
Si los datos del caso revisten una cierta complejidad, o son precisos más trámites, o hay demoras, el plazo puede alargarse algunos meses más (hasta SEIS o NUEVE meses, por ejemplo). Pero no es habitual que estos concursos se dilaten tanto.
El concurso express dura menos que otros concursos
Incluso en el más complejo de los casos, si se tramita mediante esta vía express, se extenderá durante un lapso de tiempo inferior al de otros concursos, que pueden llegar a dos, tres o cinco años, o incluso a más.
A este riesgo de duraciones prolongadas se exponen esos otros procedimientos, abreviados u ordinarios, debido a que:
- El esquema del proceso se recorre de modo más completo.
- Se da una mayor complejidad en los datos intrínsecos presentados por el deudor o en los determinados con posterioridad.
- Se abren etapas preconcursales previas.
- Puede haber transmisiones de activos o de empresas.
- Se tramitan incidentes paralelos en el procedimiento.
- Caen las solicitudes en juzgados colapsados, entre otros factores.
Por otra parte, en ocasiones se tramitan concursos con insuficiencia de patrimonio del deudor en los que el despliegue del procedimiento, aunque se desarrollará con un esquema también simplificado, no resultará tan sencillo como en un concurso express.
No se abrirán y cerrarán estos otros concursos en un mismo acto. Y habrá más tareas del administrador concursal (incluyendo un informe). Pero la liquidación será igualmente más rápida que en los abreviados u ordinarios antes citados.
¿Cuánto cuesta un concurso de acreedores express?
Aunque puede haber muchas variantes, el coste de un concurso express puede rondar los 2.000 €
Un concurso hipotético en el que un el importe de masa pasiva (deuda) fuera de unos 50.000 euros, sin intervención de administrador concursal y sin liquidación y pago de créditos contra la masa (o con algún pago muy sencillo de ejecutar), podría arrojar como coste el siguiente:
- PROCURADOR — 400 euros
- ABOGADO — 1400 euros
- COSTES DE PUBLICACIÓN REGISTRAL — 280 euros
Pero es solo un ejemplo. Habría que añadir, además, algunos tributos (tasas, impuestos…).
En el mercado se publicitan estimaciones algo mayores o menores, pero el precio tomado como base no suele ser muy diferente.
Costes habituales en un concurso abreviado u ordinario
Los concursos con esquema procesal completo, abreviados u ordinarios, generan su coste global por conceptos diversos:
- Honorarios de abogados y de procuradores.
- Retribución del administrador concursal.
- Remuneración de auxiliares y expertos, si participan.
- Retribución de peritos, si intervienen.
- Tasas judiciales.
- Costas judiciales.
- Coste de publicaciones y otros trámites registrales…
Pueden influir en el cálculo de las remuneraciones y en el devengo de más o menos gastos datos como el importe de las deudas y el valor de los bienes, o factores como la complejidad del inventario de bienes y la lista de acreedores, o que se transmitan activos o unidades productivas, se negocien convenios, se tramiten impugnaciones, recursos o incidentes paralelos, haya rescisiones de operaciones perjudiciales, se abra la fase de calificación, se complique la gestión de los despidos colectivos, se produzcan muchas reuniones con el administrador concursal…
Costes posibles en el concurso de acreedores express
Un concurso express tendrá un devengo de gastos mucho más reducido. Básicamente, el coste estará formado por tres conceptos:
- Honorarios del abogado y del procurador.
- Costes de publicación en registros.
- Tasas e impuestos aplicables.
Además, se añadirán ciertos gastos imprescindibles del administrador concursal, si se nombra esta figura y debe realizar la liquidación rápida de activos para pagar algunos créditos contra la masa.
Factores que pueden incrementar el coste
En todo caso, sea cual sea el importe estimado que se presente como oferta por un despacho concursal, hay que tener en cuenta que al final el coste de un concurso express de acreedores se puede ver incrementado si:
- se comprueba que la deuda es mayor;
- se nombra administrador concursal;
- hay liquidación rápida y pago de créditos contra la masa;
- se realiza algún otro trámite añadido;
- deben resolverse asuntos colectivos de trabajadores;
- se incluye un asesoramiento extra, además del básico ligado a la presentación de la solicitud…
Hay ofertas con precios atractivos, pero también ofertas trampa
En el mercado podemos encontrar incluso ofertas explosivas de precios globales por debajo de 1000 euros ante los que hay que mantener ciertas cautelas.
Sin generalizar nada negativo (otorgando siempre el beneficio de la duda a cualquier oferta), sí conviene advertir que oportunidades así, casi de saldo, pueden en ocasiones:
- Encubrir una prestación de servicios de escasa calidad que:
- no pase de una mera labor de gestión administrativa con recopilación y presentación de documentación (sin asesoramiento alguno, que se devengaría aparte).
- zanje casi todo el apoyo legal mediante trámites telemáticos, sin que veas a tu abogado.
- Ocultar pluses por determinados trámites, costes o tributos previsibles. (Por ejemplo, que deba añadirse el coste de procurador, los registrales, las tasas, el IVA del servicio jurídico…).
Pero hay ofertas moderadas y bien calculadas, a veces incluso con pagos periódicos, que sí pueden resultar atractivas y fiables, y que dejan claro qué conceptos se incluyen en ese precio y, si los hay, los costes que deberían añadirse o serían posibles.
Confía en tu abogado antes de lanzarte al concurso express
Aunque el concurso express se desarrolle como procedimiento simplificado, mucho más sencillo y rápido que otros, conlleva cierta complejidad.
Te obligará, como deudor, a estudiar bien el caso, valorar correctamente tu patrimonio, listar las deudas pendientes y preparar todos los datos y documentos que hay que presentar como acompañamiento de la solicitud.
Si crees que tu situación te lleva hacia esta vía, confía tu caso sin demoras a un abogado experto en derecho concursal. Con tiempo, te ayudará a valorar esa opción, cumplir todos los requisitos legales, justificar tu situación de insolvencia, preparar la documentación precisa, valorar los demás pasos del posible trayecto judicial y evitar dilaciones innecesarias.
Asimismo, este profesional, con su equipo legal, te asesorará si en tu negocio debes tomar decisiones previas de tipo contable, fiscal, laboral o societario.
Y si eres un particular o autónomo, te guiará en el trámite de solicitud del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Así, si cumples algunos requisitos, lograrás liberarte de todas o algunas de esas deudas que ahora tanto te agobian.
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