Ley Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos en insolvencia cancelar deudas impagables, con una exoneración total o parcial, según la situación económica.
Fue aprobada en 2015 y reformada en 2022 para agilizar el proceso y facilitar el acceso a la exoneración.
Es esencial contar con asesoramiento legal especializado para cumplir con las condiciones estipuladas y evaluar la viabilidad del proceso.
🔴 Ley Segunda Oportunidad, entrevista completa
A qué llamamos ley de la segunda oportunidad
La conocida popularmente como ley de la segunda oportunidad es una norma que aprobó el parlamento español en 2015. Su denominación completa es «mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social».
La Ley 25/2015 de 28 de julio introdujo en la Ley Concursal el mecanismo de la segunda oportunidad. No obstante, ya se había introducido antes, pero con una regulación muy tímida. Además, esta norma está prácticamente derogada en lo relativo a la segunda oportunidad. De hecho, su regulación la contiene ahora la citada norma concursal, que fue muy trascendente, ya que:
- Avanzó de modo muy relevante en la adaptación de los procedimientos de concurso de acreedores. Estos procedimientos fueron diseñados inicialmente para empresas, particulares y autónomos que no podían afrontar el pago de sus deudas.
- Concretó la regulación del mecanismo de segunda oportunidad. Gracias a él, muchas personas físicas (particulares y autónomos) pueden cancelar sus deudas pendientes (o algunas de ellas) si están en una situación de insolvencia.
Esta situación de crisis se produce cuando una persona cae en un sobreendeudamiento respecto a sus actuales patrimonio e ingresos. Por tanto, no le resulta posible hacer frente a sus pagos por deudas ya vencidas o de vencimiento inminente.
El mecanismo de la ley de segunda oportunidad, dirigido a particulares y autónomos, está actualmente regulado dentro de la Ley Concursal, norma que regula los procedimientos por insolvencia de personas físicas y jurídicas.
La denominación «ley de la segunda oportunidad» es, por tanto, coloquial.
Cómo funciona el mecanismo de la ley de segunda oportunidad
La exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) es como denomina la ley a la cancelación de deudas. Este se debe solicitar y tramitar al final de un procedimiento concursal (concurso de acreedores o procedimiento especial de microempresas).
Generalmente, llamamos mecanismo de segunda oportunidad a este trámite final de cancelación. Aun así, en realidad incluye todo lo que deba ocurrir desde que se abre el procedimiento concursal hasta que se obtiene la exoneración y concluye esa etapa judicial.
Lo que suceda antes de esa posible concesión variará según la complejidad de cada caso. Así, puede haber procedimientos concursales en los que:
- Se constate de inicio la inexistencia de patrimonio del deudor. En este caso, no habría ni siquiera liquidación (o esta sería mínima, limitada a al pago de gastos del procedimiento).
- El deudor tenga algunos recursos (bienes, ingresos…) que le permitan proponer un plan de pagos graduales durante tres o cinco años a los acreedores. De este modo, podrá saldar algunas de las deudas, dejando fuera otras.
- El deudor con algún patrimonio puede no desear o no plantear un plan de pagos a los acreedores. En este caso, se procedería a una liquidación de sus fondos y bienes.
En circunstancias como estas, el desarrollo del procedimiento será distinto. No obstante, culminará con la tramitación de la exoneración de deudas si el deudor persona física:
- Tiene deudas impagadas legalmente exonerables.
- Solicita la EPI.
- Cumple los requisitos legales para la cancelación.
Las deudas canceladas serán las que sean legalmente exonerables y no hayan sido pagadas (por no haber fondos ni bienes para ello o por haber quedado fuera del plan de pagos aceptado).
Qué problema trata de solucionar la ley de la segunda oportunidad
Lo primero que debes saber es que el mecanismo de la ley de la segunda oportunidad es una vía legal, segura, fiable, eficaz y garantista. Esta opción es idónea para que puedan volver a empezar una nueva vida quienes:
- Están pasando por un momento económico crítico (despidos, quiebra de la empresa, bajas prolongadas, divorcios…).
- Tomaron en su negocio decisiones erróneas o chocaron con factores imponderables (competencia feroz, medidas legales, promesas incumplidas, deslealtad, pandemias…).
- Invirtieron con ilusión para emprender un negocio pero no han tenido tiempo para realizar y amortizar inversiones, conseguir beneficios y consolidarlos y, en consecuencia, han acumulado deudas inasumibles.
- Hicieron planes de expansión en momentos de euforia económica que luego se han ido al traste cuando se han topado con una recesión.
Cancelar sus deudas, o al menos algunas de ellas, puede suponer para un particular o autónomo un renacer tanto personal como profesional.
Si tienes deudas y escuchas hablar de la ley de segunda oportunidad, debes saber que es la llave para un nuevo futuro.
¿Qué puedes conseguir con la Ley de Segunda Oportunidad?
Una vez que el juez recibe la solicitud, comprueba tu idoneidad y acepta tu petición para acogerte al mecanismo de la segunda oportunidad, se paralizan las ejecuciones y los embargos. De este modo, no se podrán iniciar ejecuciones, ni siquiera la hipotecaria.
Además, se suspenderá el devengo de intereses, tanto legales como convencionales, a excepción de los hipotecarios.
Beneficios de la ley de segunda oportunidad
Al finalizar el proceso, habrás conseguido:
- La eliminación del 100 % de las deudas pendientes exonerables.
- Una refinanciación de la deuda, con cómodos plazos de pago, salvando el patrimonio.
- Si hubiera que liquidar un bien inmueble, no quedará deuda pendiente, a pesar de que la hipoteca fuese mayor. Al contrario de lo que sucedía con la dación en pago.
- Se podrá solicitar la resolución de contratos con los acreedores, aunque no medie causa de resolución.
- El cónyuge del concursado tendría derecho a adquirir los bienes gananciales o comunes abonando la mitad de su valor.
Quiénes intervienen en la tramitación del mecanismo de segunda oportunidad
En los procedimientos concursales que incluyen la tramitación del mecanismo de segunda oportunidad pueden intervenir diversos profesionales, desempeñando distintas funciones.
Sintéticamente, estas son las figuras que tienen o pueden tener alguna participación directa o indirecta en el proceso:
Deudor
Es la persona física en estado de insolvencia que, en el curso del procedimiento concursal abierto, solicitará la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Dicho de otro modo, es quien, durante el concurso, pide la cancelación de todas las deudas que no pueda pagar o algunas de ellas (las que sean legalmente exonerables).
Acreedores
Son los titulares de los derechos de cobro impagados o pendientes. En el procedimiento concursal pueden llegar a algún pacto con el deudor, oponerse a algunas decisiones, tratar de satisfacer sus cobros mediante la liquidación del patrimonio del deudor…
Juez concursal
El juez concursal es un juez mercantil que conducirá los trámites del procedimiento concursal y tomará la decisión final sobre la exoneración de deudas. Para ello, comprobará que el deudor cumple con los requisitos legales exigidos.
Abogados
Son consejeros y gestores legales tanto del deudor como del acreedor. Defienden los intereses de unos y otros a lo largo del procedimiento y en las negociaciones previas, tratando de alcanzar pactos. La norma concursal actual indica que, en los procedimientos concursales, el deudor siempre actuará asistido de abogado.
Procuradores
Al igual que sucede con los abogados, cada parte contará con su procurador. Este representará a su parte en los procedimientos, presentando escritos en los juzgados y conectando a los abogados con el juzgado o a este con las partes. La norma concursal actual indica que, en los procedimientos concursales, el deudor siempre actuará representado por procurador.
Profesionales técnicos
Son distintos actores que pueden intervenir en todos los procedimientos, en algunos o en varias fases de estos. Veamos quiénes son y cuáles son sus cometidos:
- Administrador concursal. Interviene en los concursos de acreedores (salvo en algunos sin masa, si no se solicita) y en los procedimientos especiales de microempresas si se solicita su nombramiento. Entre sus funciones destacan: acciones y reclamaciones, control o sustitución del deudor en algunos actos, confección de listas de acreedores e inventarios de bienes, elaboración y valoración de propuestas…
- Registradores. Intervienen cuando se precisa la publicidad registral de ciertas decisiones o documentos o se solicita información sobre bienes o entidades. (El Registro puede ser el Civil, el de la Propiedad, el Concursal…).
- Mediador concursal. Ha perdido la función relevante que tenía antes de la reforma concursal de 2022 (impulso y mediación en un acuerdo previo extrajudicial). Actualmente, se puede designar esta figura en algunos procedimientos especiales de microempresas a fin de ayudar a las partes a negociar un acuerdo previo. Además, no son habituales en procedimientos de autónomos.
- Notarios. Los notarios pueden intervenir en diferentes momentos de los procedimientos: apoderamiento de procuradores, formalización de documentos públicos… Han perdido la relevancia que tenían hasta la reforma concursal de 2022, pues antes podían actuar como mediadores concursales.
- Auxiliares delegados. Apoyan al administrador concursal en sus funciones en concursos complejos. No son habituales en los procedimientos de particulares y autónomos que culminan en la cancelación de deudas.
- Peritos y otros expertos técnicos independientes. Valoran inmuebles, vehículos u otros bienes y derechos del deudor, dictaminan sobre otras pretensiones, gestionan ofertas de compra de negocios, emiten informes técnicos…
Otros
En algunos procedimientos puede darse alguna intervención de otros implicados. Por ejemplo, del cónyuge del deudor con bienes comunes, de avalistas o fiadores del deudor, de compradores de bienes o negocios del deudor, de instituciones como el FOGASA si el deudor autónomo tiene empleados…
En muchos casos, por carecer el deudor de patrimonio o disponer de uno exiguo, si no hay especiales complejidades en los bienes y deudas, el procedimiento concursal (y su colofón, la exoneración de deudas) se llevarán a cabo con relativa rapidez (entre las partes, con sus abogados y procuradores, y el juez concursal).
La participación del administrador concursal puede ser mínima. De hecho, en algunos casos en los que no hay patrimonio o en los procedimientos especiales, no existe. Y tampoco se precisan ni auxiliares ni expertos.
¿Son complejos los trámites de la ley de la segunda oportunidad?
SÍ, en cierta medida. Todos los procedimientos jurídicos tienen su complejidad y la exoneración de deudas no es una excepción. Es un beneficio cuyo logro tiene sus exigencias y requiere contar con asesoramiento legal experto para asegurar el mejor resultado posible.
No obstante, aunque la cancelación de deudas deba tramitarse dentro de un procedimiento concursal, este incluirá normalmente trámites más sencillos que los necesarios en concursos de acreedores de medianas y grandes empresas.
Además, la normativa prevé tres modos de llegar a la liberación de deudas:
- El pago gradual a los acreedores de algunas deudas en un plan de varios años, dejando otras fuera de este para que puedan cancelarse.
- La liquidación patrimonial. Se utiliza cuando el plan de pagos no es posible o no se intenta, pero hay algunos fondos o bienes que permiten pagar algunas deudas.
- La constatación de inexistencia de patrimonio, de modo que no haya liquidación (o sea mínima).
Tramitar la segunda oportunidad no es una tarea sencilla, pero tampoco es un viacrucis. Disponiendo de una buena defensa legal durante todo el procedimiento, como es la de un abogado experto en deudas y con conocimientos de derecho concursal, todo tipo de deudores en situación de insolvencia que cumplan los requisitos legales podrán aprovecharse de este derecho.
En nuestro directorio encontrarás algunos de los mejores especialistas. Consulta con el que esté más cerca de tu localidad. No lo dudes, suelen ofrecer una primera consulta gratuita y puede significar el inicio de una nueva vida.
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¿Pueden darse fraudes o estafas con la ley de la segunda oportunidad?
NO. No caben ni fraudes ni estafas en los procedimientos de la ley de segunda oportunidad. Tienes que estar tranquilo en este sentido.
Se trata de procedimientos tutelados por jueces mercantiles y administradores concursales, chequeados por otros expertos técnicos, que están regulados de forma detallada por las leyes.
En la Ley Concursal está todo previsto y basta con cumplir los trámites y requisitos establecidos.
- Podrás encontrar acreedores más o menos flexibles a la hora de aceptar o rechazar propuestas de pacto, pero no hay espacio para presiones, coacciones, falsedades o intentos de transgredir la legalidad por ninguna de las partes.
- La decisión de cancelación la tomará el juez según los datos presentados, y no aplicando criterios subjetivos.
- Contarás con el asesoramiento de un abogado experto en deudas, con amplios conocimientos de derecho concursal y acostumbrado a tramitar la EPI (exoneración del pasivo insatisfecho) de muchos deudores.
Elige bien a tu asesor jurídico, en despachos de confianza que sean especialistas en procedimientos concursales y en la ley de segunda oportunidad. De este modo, puedes tener total confianza en que a través de este mecanismo llegarás al mejor resultado posible, sin trampas ni exponerte a riesgos por el camino.
¿Por qué es aún tan desconocida la ley de la segunda oportunidad?
Es una pregunta que todavía nos hacen muchos clientes:
«¿Por qué sabemos poco de la ley de la segunda oportunidad si puede ser la salvación para muchos particulares y autónomos?».
Algunas mentes suspicaces sostienen que persiste un desconocimiento de esta normativa porque «no interesa». Dicen que no interesa que se aplique de forma masiva, en favor de los acreedores de mayor dimensión (grandes empresas, entidades financieras y aseguradoras…).
Pero la razón primordial es mucho más simple: se trata de una normativa que aún no lleva mucho tiempo en marcha.
- La regulación de la segunda oportunidad se comenzó a desplegar cuando empezaba a consolidarse la recuperación de la crisis económica iniciada en 2008.
- El mecanismo se amplió en 2013, pero como tal no se reguló de manera completa hasta 2015.
- Solo en los últimos años, tras la crisis del COVID-19, esta solución para deudores insolventes está obteniendo un mayor eco mediático.
Esto último se debe en buena medida a que, tras la reforma de 2022, la cancelación de deudas resulta ahora más fácil y rápida que nunca.
Por ello, cada vez más particulares y autónomos en situaciones de insolvencia se acogen a esa normativa. Y son ya numerosos los abogados especializados en deudas que ofrecen servicios sobre sus procedimientos.
Aun así, sigue habiendo personas reticentes a someterse a una medida de este tipo por razones de tipo cultural. Lee el siguiente punto y sabrás por qué deberían abandonar sus recelos.
¿Me dará mala imagen acogerme a la ley de segunda oportunidad?
NO. No tiene por qué afectar negativamente a tu imagen y reputación que recurras a la ley de segunda oportunidad. Esa es una idea socialmente desfasada.
En nuestra cultura, compartida con otros países latinos, siempre ha existido un cierto rechazo proverbial a acogerse a leyes como esta. Las personas que han sufrido un revés económico suelen quedar marcadas socialmente. Y pedir el perdón de las deudas puede vivirse como la confesión de un fracaso: un incómodo estigma para la vida social, laboral y profesional.
En efecto, nos domina a menudo un cierto miedo a exponer percances económicos incluso no siendo las causas del todo achacables a nuestra negligencia.
Esta consideración no la encontramos en otros países occidentales. En algunos, como Estados Unidos, pionero en este tipo de normativa, se acepta que el descalabro en un proyecto empresarial o ver como un plan vital se trunca al cruzarse con una recesión son simples avatares del destino. Y aceptan como buenos estos reveses, pues forman parte del riesgo al que todos estamos expuestos.
Así, con esta mentalidad positiva, el renacimiento tiene una aureola de prestigio. Quien vuelve al campo de juego social y económico después del infortunio en un proyecto es admirado por la sociedad debido a su empeño, capacidad de resistencia e instinto de supervivencia.
España y la imagen social de Ley de la Segunda Oportunidad
España ha sido, de hecho, de los últimos países en incorporar de modo decidido esta vía de liberación de deudas. Pero este mecanismo legal, al que se acogen cada año miles de deudores en las principales economías de Occidente, es una realidad en nuestro país.
Si estás en una situación de sobreendeudamiento e insolvencia, busca un buen abogado experto en deudas que te ayude a replantear tu vida personal y profesional. El mecanismo de segunda oportunidad está a tu disposición.
Y recuerda: solo fracasan los osados, solo renacen los atrevidos, solo triunfan los que se dejan ayudar. Y no hay mejor ayuda que la de un experto.
¿Conviene pagar cuanto antes todo lo posible antes de cancelar deudas?
En líneas generales, sí. Al menos, siempre que, en tu situación, eliminar o reducir alguna deuda vencida te resulte viable.
En caso de que la deuda no sea muy elevada, no haya muchos acreedores y dispongas de ingresos o rendimientos regulares o de alguna inversión (fondos, bienes…), quizá consigas liberarte de esa coyuntura de insolvencia y superar la crisis sin entrar en vía judicial.
Puedes hacerlo mediante diferentes recursos:
- Refinanciación.
- Reunificación de deudas.
- Negociación de condiciones con los acreedores.
- Desinversión de bienes o productos financieros.
- Cesión de bienes…
Pero si no es posible y se inicia un procedimiento concursal, en este podrás explorar también la posibilidad de pacto, formalizando, entre otras opciones, un calendario de pagos graduales para evitar la liquidación patrimonial.
El mecanismo de segunda oportunidad no es un invento jurídico para que el deudor no pague a los acreedores. Si se debe dinero, hay que procurar pagarlo.
Lo que abre esta normativa es una salida de emergencia para el caso de que no sea posible pagar a los acreedores. También se utiliza cuando no resulta factible saldar parte de las deudas.
Nuestros abogados expertos en cancelar deudas te apoyarán en todo momento. Intentarán negociar con tus acreedores, te asesorarán y defenderán si se abre un procedimiento concursal, acompañándote en todos los procedimientos judiciales. Desde la recopilación y elaboración de documentos, propuestas, planes de pago o posibles liquidaciones hasta la cancelación de deudas.
No esperes más. Consulta con un abogado. ¡Puede ser el inicio de una nueva vida!
¿Puedo acogerme a la EPI si ya obtuve una cancelación de deudas en el pasado?
Depende. Por indicación legal, para que puedas beneficiarte de una exoneración de deudas tiene que haber transcurrido un tiempo mínimo desde una cancelación que ya obtuvieras en el pasado.
En concreto:
- Dos años desde una exoneración anterior definitiva mediante un plan de pagos.
- Cinco años desde una exoneración con liquidación patrimonial.
Por otra parte, si hubo una exoneración anterior, en la nueva no podrás cancelar deudas con acreedores públicos.
¿Hay alternativas a la segunda oportunidad para cancelar o reducir deudas?
Sí. Además de la ley de la segunda oportunidad, existen otras regulaciones que también ayudan a resolver problemas de deudas, impagos, iliquidez e insolvencia…
Los siguientes son algunos ejemplos de soluciones, algunas temporales y otras definitivas, que están contenidos en normas diversas.
- Aplazamientos de pago de obligaciones (cotizaciones, cuotas fiscales…).
- Medidas para que las personas en riesgo de exclusión reestructuren su deuda hipotecaria.
- Códigos de buenas prácticas para entidades bancarias respecto de deudores hipotecarios en riesgo de exclusión: fomentan períodos de carencia, flexibilización del pago de cuotas, quitas, daciones en pago…
- Ejecuciones hipotecarias con varias opciones que perjudiquen menos al deudor.
- Suspensión de lanzamientos o desahucios de personas en situación vulnerable.
- Ayudas al alquiler por carencia de ingresos suficientes o para quienes sean objeto de lanzamiento de sus viviendas.
- Ayudas dinerarias en forma de subsidios prorrogados o de rentas mínimas, universales o de reinserción…
Nuestros abogados especializados en deudas te pueden asesorar igualmente sobre todas estas posibilidades. El objetivo es global: ayudarte a resolver tus problemas económicos para que puedas encauzar de nuevo tu vida.
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Ventajas de la cancelación de deudas
¿Qué pasa después de la ley de la segunda oportunidad? Una vez que te has acogido a este mecanismo, vas a poder disfrutar de las siguientes ventajas al cancelar tus deudas:
- Volver a contratar servicios.
- Poder solicitar financiación
- Volver a tener tarjetas de crédito.
- Comprar productos de forma aplazada.
En definitiva, vas a poder volver a empezar tu vida desde cero, ya que podrás recuperar la capacidad económica perdida con el sobreendeudamiento.
Por otro lado, al declarar la cancelación de las deudas, los acreedores ya no podrán ejercer ningún tipo de acción contra ti. Tan solo podrán solicitar la revocación de la cancelación durante los siguientes 3 años, por ejemplo, si ganas un premio de la lotería o recibes una herencia cuantiosa.
Además, con la Ley de la Segunda Oportunidad podrás salir del ASNEF y otros ficheros de morosidad. Olvídate del acoso de las empresas de recobro para siempre al contactar con nuestros abogados especializados en cancelar deudas.