Abogados Ley Segunda Oportunidad Santander (Cantabria)
Calle Isabel la Católica, 1, 39007 Santander, Cantabria
Abogados Ley de Segunda Oportunidad en Santander (Cantabria)
¿Estás luchando contra obligaciones de pago que parecen no tener fin?
Somos abogados especializados en cancelación de deudas mediante aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad en Santander. Podemos atenderte en la Calle Isabel la Católica,1, 39007 Santander, Cantabria.
Te ofrecemos una primera consulta gratuita por teléfono en la que:
- Valoraremos tu caso y las posibilidades de éxito.
- Comprobaremos si cumples los requisitos que exige la normativa de Segunda Oportunidad.
- Te explicaremos los diferentes pasos del procedimiento.
- Terminarás con una idea clara de los costes totales a asumir.
También te informaremos de nuestros honorarios, sobre los que mantenemos una política muy ventajosa para nuestros clientes:
- Diseñamos un plan de pagos adaptado a cada caso concreto.
- Establecemos cómodos plazos a partir de 99 euros al mes.
- No exigimos un cuota adicional inicial ni final. Ni tampoco la prestación de aval.
- Contemplamos la posibilidad de conceder ciertos períodos de carencia para ocasiones puntuales.
Presentaremos tu expediente de Segunda Oportunidad en el Juzgado de Santander en un máximo de dos meses. Y podrás obtener la exoneración de tus deudas en un plazo de 5 a 7 meses (o en menos tiempo, incluso).
Contáctanos sin compromiso y recupera tu tranquilidad lo antes posible
Tfno. y WhatsApp: 622 83 50 42
Cancela tus deudas con nuestros abogados especializados en Ley de Segunda Oportunidad en Santander
Qué pasa con las deudas si optas por la Ley de la Segunda Oportunidad
Si el procedimiento de segunda oportunidad concluye con éxito, obtendrás la cancelación de lo que no puedes pagar.
A veces cuesta creerlo pero esa es la realidad: el objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es brindar la posibilidad de empezar de nuevo a quienes no pueden hacer frente a lo que deben.
Por eso, el proceso acaba con la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), que supone pasar de estar sobreendeudado a no deber dinero porque las deudas quedan perdonadas. Y el Juzgado de Santander no suele tardar más de seis meses en terminar el expediente, de hecho a veces lo hace en menos tiempo.
Quién se puede acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad en Cantabria
Podrá iniciar el procedimiento regulado en esta norma cualquier ciudadano que cumpla los siguientes requisitos:
- Ser persona física. Es indiferente si se es particular o autónomo o, incluso, si se actúa en calidad de avalista.
- Ser insolvente, es decir, no contar con recursos suficientes para hacer frente a las obligaciones de pago contraídas.
- Haber llegado a esa situación habiendo actuado de buena fe.
- Tener dos o más acreedores.
Si bien no hay que acudir a juicio sí que es obligatorio contar con abogado y procurador, porque los trámites se desarrollan ante el Juzgado.
Procedimiento de la segunda oportunidad
La forma en la que el proceso se desarrolla puede variar en función de si se es titular de bienes y/o derechos o no.
No hay patrimonio previo
Si el deudor no es propietario de ningún bien el resultado será la cancelación de la totalidad de las deudas.
Y es que, si se cumplen los requisitos y no tiene nada, no puede perder nada.
Sí hay patrimonio
En el caso de que haya propiedades se pueden dar dos casos:
- Se procede a su liquidación y con el dinero que se obtenga se paga a los acreedores de forma que las deudas quedarán completamente extinguidas, con independencia de su importe. Es cierto que el patrimonio se sacrifica al completo, pero todas las obligaciones de pago desaparecen.
- Cabe también otra opción en la que se permite la conservación de algunos bienes. En este caso se establecerá un plan de pagos asumible por las deudas que no se cancelen y no se perderán todas las propiedades. Nuestros abogados tienen amplia experiencia en mantener la vivienda habitual de nuestros clientes que pueden hacerlo.
Si eres de Santander y quieres dejar atrás tu endeudamiento con la Ley de la Segunda Oportunidad, nuestros abogados son tu mejor opción
Al decidir trabajar con Libertad Sin Deudas estás eligiendo a un equipo de abogados especializados en la Ley de la Segunda Oportunidad, con una amplia experiencia en los Juzgados de Santander y con una tasa de éxito de prácticamente el 100%.
Nuestra propuesta de valor es única:
- Honorarios adaptados al caso concreto, con plazos mensuales a partir de 99 euros, sin intereses ni cuota inicial ni final.
- Servicio excepcional, con un trato personalizado, cercano y honesto.
- Te facilitaremos todo el proceso y nos encargaremos de reunir toda la documentación necesaria, manteniéndote informado y ayudándote en lo que necesites.
- Iniciamos los trámites de inmediato y en un máximo de dos meses nos personaremos en el Juzgado, con independencia de los importes cobrados.
Muchos ciudadanos de Cantabria han trabajado ya con nuestros abogados y han conseguido dejar atrás sus deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Llámanos o envíanos un mensaje y sé uno más de ellos.
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Opiniones Libertad Sin Deudas
Fuente: Opiniones reales de clientes de Libertad Sin Deudas que se han acogido a la Ley de Segunda Oportunidad, publicadas en Google .
Abogados Ley de la Segunda Oportunidad Santander
Deudas no exonerables según la Ley de la Segunda Oportunidad
Nuestros abogados en Santander tienen un porcentaje de éxito de prácticamente el 100%. Solo en los muy, muy pocos casos en los que el cliente ha ocultado alguna información perjudicial no se ha conseguido la resolución favorable del proceso.
Los expedientes finalizan con la cancelación de las deudas porque solo recomendamos optar por la vía de la Segunda Oportunidad cuando existe la certeza del buen fin.
Aun así, hay una serie de deudas que la ley califica como no exonerables y que no se pueden cancelar de ninguna manera, ni siendo asesorado por nuestros letrados ni por ningún otro.
Son las siguientes:
- Las deudas por alimentos.
- Las indemnizaciones originadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Las deudas por crédito de Derecho público. Ahora bien, si el acreedor es Hacienda o la Seguridad Social se podrá cancelar hasta un máximo de 10.000 euros en cada caso, teniendo en cuenta que los 5.000 primeros euros se exonerarán íntegramente y los siguientes a razón del 50% hasta alcanzar el máximo señalado.
- Las deudas por responsabilidad civil extracontractual, por muerte o daños personales.
- Las deudas por salarios correspondientes a los últimos sesenta días de trabajo antes de la declaración de concurso y los que se devenguen durante la tramitación del mismo, con ciertos requisitos.
- Las que se ocasionen por la tramitación del proceso de Segunda Oportunidad. Por ejemplo, los honorarios de abogado y procurador.
- Las cantidades adeudadas por responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito.
- Las deudas por sanciones económicas impuestas en procesos penales o por infracciones administrativas muy graves.
- Las que cuentan con garantía real en los términos contemplados en la ley.
En aplicación de la ley también hay que tener en cuenta que:
- Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social solo son exonerables en las cuantías que hemos visto en un primer procedimiento, pero si el deudor recurre a esta vía en más ocasiones ya no serán cancelables.
- Excepcionalmente, el juez de Santander podrá declarar no derogables ciertas deudas al margen de las anteriores cuando sea necesario para evitar la insolvencia del acreedor.
11 beneficios de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad en Santander (Cantabria)
Abogados Segunda Oportunidad Santander
Quienes no pueden optar a la Segunda Oportunidad en Santander
Aun cuando se cumplan los requisitos que hemos señalado anteriormente, y sin importar la pericia del abogado que lleve el caso, la ley establece que si se dan una serie de circunstancias en la persona del deudor este no podrá solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho.
Unas se regulan como prohibiciones y otras como excepciones a la regla general. Son las siguientes:
Prohibiciones
Si ya se obtuvo el perdón de las deudas en un proceso de Segunda Oportunidad, hay que tener en cuenta que:
- No se puede iniciar el proceso hasta que hayan transcurrido al menos cinco años desde la resolución favorable anterior si se trató de un procedimiento con liquidación de la masa activa. Es decir, con venta del patrimonio y cancelación de la totalidad de las deudas.
- Tampoco se puede iniciar otro procedimiento basado en esta normativa hasta que hayan transcurrido al menos dos años desde la exoneración definitiva anterior cuando se estableció un plan de pagos. Es decir, se conservaron algunos bienes y no se cancelaron la totalidad de las deudas.
- Las nuevas cancelaciones no alcanzarán, en ningún caso, a las deudas públicas.
Excepciones
No podrá iniciar la vía regulada en la Ley de Segunda Oportunidad en Santander quien se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber sido condenado, en los diez últimos años, a penas privativas de libertad por sentencia firme en delitos contra el patrimonio, contra el orden socio económico, contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores o por falsedad documental, siempre que tengan previstos una pena máxima igual o superior a tres años. No aplicará si a la fecha de presentación de la solicitud ya se hubiera extinguido la responsabilidad.
- Haber sido sancionado, en los diez últimos años, por infracciones tributarias muy graves o cometidas en el ámbito de la Seguridad Social. También cuando se hubiera dictado derivación de responsabilidad en el mismo plazo. Igual que en el punto anterior, no aplicará si al iniciar el expediente se hubiera satisfecho íntegramente la responsabilidad.
- Cuando el concurso haya sido declarado culpable. Ahora bien, si el motivo de tal declaración es el incumplimiento por parte del deudor de su obligación de haberlo solicitado, el juez podrá valorar las circunstancias que produjeron la inactividad.
- Cuando en los diez años anteriores hubiera sido declarado persona afectada en la sentencia del concurso de un tercero calificado como culpable, salvo que al presentar la solicitud de cancelación de deudas hubiera satisfecho completamente su responsabilidad.
- Cuando no haya cumplido con su obligación de colaboración e información en el proceso. Nuestros abogados de Santander harán todo lo que esté en su mano para que esta situación no se produzca.
- Cuando haya proporcionado información falsa o se haya conducido de manera imprudente a la hora de contraer las deudas. En este sentido, el juez tendrá en cuenta aspectos como el nivel social y profesional del deudor, las circunstancias personales que llevaron al sobreendeudamiento o los datos económicos suministrados al acreedor con el fin de obtener el crédito. También apreciará, si se trata de un empresario, si se utilizaron las herramientas de alerta temprana facilitadas por la Administración.
Nuestros abogados en Santander te asesorarán, en una primera consulta gratuita, sobre cualquier duda que puedas tener en este sentido o en cualquier otro. Recuerda que somos expertos en Ley de Segunda Oportunidad.
Preguntas frecuentes sobre la Ley de la Segunda Oportunidad en Santander (Cantabria)
¿Merece la pena contratar un abogado especializado en Ley de Segunda Oportunidad en Santander?
¿Cuántas personas se han acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad en Cantabria?
¿Puedo acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad gratis en Santander con un abogado de oficio?
Ventajas de contactar con Libertad Sin Deudas en vez de con un abogado de oficio en Santander
¿Tendré que ir a juicio?
¿Necesito un procurador para acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad en Santander?
¿Tenéis un despacho físico en Santander?
¿Dónde puedo consultar información oficial sobre la Ley de la Segunda Oportunidad?
¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en Santander? (Cantabria)
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Guía gratuita sobre la Ley de la Segunda Oportunidad en Santander (Cantabria)
¿Qué es Libertad Sin Deudas?
Libertad Sin Deudas es un portal web especializado en cancelación de deudas, tanto para particulares y autónomos (Ley Segunda Oportunidad) como para empresas (Concursos de Acreedores).
Si vives en España y quieres acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad o necesitas llevar a cabo un Concurso de Acreedores, ¡Confía en nosotros!
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