Dependienta de Barcelona consigue el perdón de 62.560 euros en 14 meses
Julia (nombre ficticio), era de esa forma de pensar hasta que la vida le enseñó por las malas que estaba equivocada.
Cuando nuestro abogado colaborador Eloi Esmerats Rodríguez inició el procedimiento contemplado en la Ley de la Segunda Oportunidad con el fin de obtener la cancelación de los préstamos que ella no podía pagar, trabajaba como dependienta en una tienda de alimentación, vivía en la provincia de Barcelona, tenía 49 años, estaba casada y tenía una hija pequeña.
Pero la deuda que tenía pendiente la venía arrastrando de una época anterior en la que vivía en otra localidad y estuvo casada en régimen de gananciales con otra pareja que se dedicaba a la construcción.
Administradora de sociedades solo sobre el papel y avalista en malos tiempos
Aunque es algo que no se debería hacer bajo ningún concepto, no es tan raro ser nombrado administrador de una sociedad solo a efectos legales. Es decir, de cara a todo el mundo el administrador es una persona pero, en realidad, quien ejerce las labores de dirección y administración es otra que no figura como tal, por los motivos que sean.
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Lo que no todo el mundo sabe es que en caso de derivación de responsabilidad por las deudas de la entidad recaerá sobre el administrador que aparece como tal.
Pues bien, esa fue la primera mala decisión que tomó Julia: ostentar el cargo de administradora en algunas sociedades del que era su marido en aquella época.
Llegó la crisis de 2008. El sector de la construcción se vino abajo. Y en lugar de ser precavido, su pareja siguió adelante en la creencia errónea de que todo pasaría rápido y sin mayores consecuencias.
De ahí la segunda mala decisión de Julia: avalar en préstamos y pólizas para seguir con los negocios.
El desenlace fue fatal: préstamos sin pagar y la obligación de devolver sus importes que, en una buena parte, recayó sobre Julia.
El paso del tiempo solo hizo agravar la situación
Una vez que empiezas a no poder pagar las cuotas de los préstamos porque no te llega el dinero el tiempo juega en tu contra porque, por un lado, los importes se van acumulando y, por otro, el montante total cada vez es más alto debido a la generación de intereses de demora y recargos por retrasos.
Y Julia lo vivió en primera persona, de forma que llegó a un punto en el que ya era imposible el poder liquidar todo lo que tenía pendiente.
Pero, afortunadamente, nuestro ordenamiento jurídico contempla un procedimiento al que pueden optar todos aquellos ciudadanos que no tienen bienes suficientes para satisfacer sus deudas y que está diseñado para que puedan obtener la cancelación de la totalidad de las mismas (o al menos de una parte de ellas) y empezar de una nueva vida sin el lastre que les suponen.
Cogió las riendas de la situación y la solución que obtuvo no pudo ser más beneficiosa
El proceso al que hemos hecho referencia está regulado en la Ley de la Segunda Oportunidad y en Libertad Sin Deudas somos expertos en él.
En un momento dado Julia decide que tiene que dejar atrás el inmovilismo que no le está siendo de ninguna utilidad y nos llama por teléfono. Ese fue el principio de todo lo que estaba por llegar, que resultó ser la cancelación de la totalidad de la deuda pendiente (que ascendía a 62.560 euros) habiendo transcurrido un total de 14 meses desde que se presentó el expediente en el Juzgado.
Si tú también quieres empezar una nueva vida dejando atrás ese endeudamiento que no te deja maniobrar, haz lo mismo que Julia: llámanos y te pondremos en contacto con uno de nuestros abogados colaboradores en tu ciudad. Podrás tener una primera consulta totalmente gratuita.
Auto de cancelación de deuda
Clicando en el siguiente enlace puede consultarse el auto de cancelación de deuda correspondiente a este caso. Los datos de las personas implicadas han sido borrados por motivos de privacidad: Auto del juez: Dependienta de Barcelona consigue el perdón de 62.560 euros de deuda en 14 meses