Solo dos meses para exonerarse de una deuda de 43.000 euros en Alicante
Desempleo, préstamos y sobreendeudamiento
Pedro es un ciudadano de 59 residente en Alicante, divorciado y con dos hijas a cargo. Actualmente, trabaja como empleado en una empresa dedicada a la instalación y mantenimiento de piscinas.
Su situación de insolvencia se produjo años atrás, cuando solicitó diversos préstamos personales de consumo con entidades bancarias y otras entidades de financiación para hacer frente a los gastos vitales personales de sí mismo y su familia.
En concreto, entre los años 2011 y 2014 su situación laboral era muy complicada, puesto que se encontraba en situación de desempleo. Esta circunstancia provocó que se viera obligado a acudir tanto a financiación externa como de familiares y allegados como única vía posible para sufragar los gastos vitales mensuales de la unidad familiar.
Posteriormente, Pedro consiguió diversos trabajos, pero todos ellos de carácter temporal y con sueldos mínimos. Sus ingresos no le permitían afrontar su propia manutención más la devolución de los préstamos solicitados a entidades financieras, familiares y amigos. Ante esta situación, volvió a solicitar nuevos créditos para saldar las deudas anteriores.
Libertad Sin Deudas, expertos en la Ley de Segunda Oportunidad
Esta decisión derivó en un encadenamiento de créditos que desembocó en una situación de insolvencia irremediable. Por este motivo, contactó con Libertad Sin Deudas en busca de asesoramiento y de una solución para su endeudamiento.
Nuria García Sempere, abogada colaboradora de Libertad Sin Deudas, fue la profesional encargada de estudiar la viabilidad de su caso. Una vez analizada la documentación, comprobó que cumplía los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad para solicitar el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
El procedimiento se inició en el Juzgado Mercantil número 4 de Alicante como concurso sin masa o concurso exprés, cuya modalidad de exoneración es la prevista en el art. 501.1 TRLC. Como toda la deuda era privada y Pedro no tenía bienes inmuebles a su nombre, no fue necesario acordar un plan de pagos con los acreedores.
Un procedimiento de dos meses para dejar atrás años de deudas e insolvencia
La Ley de Segunda Oportunidad prevé dos modalidades: liquidación de masa activa y plan de pagos. La exoneración en un concurso sin masa se encuadra dentro de la liquidación de masa activa, tal como se recoge en el art. 501.1 TRLC: “En los casos de concurso sin masa en los que no se hubiera acordado la liquidación de la masa activa, el concursado podrá presentar ante el juez del concurso solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho […]”.
Así pues, la solicitud de concurso sin masa se presentó en los juzgados el 8 de septiembre de 2023. El 6 de noviembre de 2023 se resolvió mediante auto de conclusión y exoneración de la deuda en fecha.
Más de diez años de sobreendeudamiento, quedaron atrás en tan solo dos meses gracias a la Ley de Segunda Oportunidad y al acompañamiento profesional de Libertad Sin Deudas.
Auto de cancelación de deuda
Clicando en el siguiente enlace puede consultarse el auto de cancelación de deuda correspondiente a este caso. Los datos de las personas implicadas han sido borrados por motivos de privacidad: Auto del juez: Procedimiento exprés: Solo dos meses para obtener la exoneración de una deuda de 43.000 euros en Alicante