Perdonan 118.000 euros a matrimonio de Cáceres en dos meses y medio
Uno de los requisitos para solicitar la cancelación de las deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad consiste en ser deudor de buena fe. Aunque este concepto jurídico es más complejo de lo que pueda parecer, en realidad, la mayoría de las personas que se encuentran en situación de insolvencia cumplen esta condición.
La banca no siempre gana
La situación familiar de Natalia, cacereña de 57 años, era acomodada. Tenía un empleo de 1700 € al mes y su marido era director de una oficina bancaria, con lo que los ingresos del matrimonio eran más que suficientes para pagar la hipoteca de su vivienda y hacer frente al resto de gastos familiares.
Sin embargo, el cierre de oficinas bancarias al que estamos asistiendo en los últimos años tuvo una consecuencia devastadora para la familia. El marido de Natalia perdió su empleo, de modo que sus ingresos mermaron en un 60%.
Además, dejó de ingresar las bonificaciones y comisiones que recibía por el cumplimiento de objetivos, como financiaciones y otras operaciones.
De la noche a la mañana, la familia se encontró ante una deuda de 118 320 €, de los cuales 81 514 € correspondían a la hipoteca de su vivienda habitual y la cantidad restante, a otros préstamos.
Ley de Segunda Oportunidad: conservar la vivienda habitual es posible
Cuando Natalia contactó con Libertad Sin Deudas, ella y su marido acumulaban impagos de varios acreedores y se encontraban en situación de insolvencia manifiesta.
Acogerse al procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad fue la mejor decisión que este matrimonio pudo tomar. Eloi Esmerats Rodríguez, abogado concursal y colaborador de Libertad Sin Deudas, se ocupó de asesorarles, reunir la documentación y acompañar el matrimonio durante el proceso, que fue muy breve.
Puesto que no acumulaban deuda pública y cumplían los demás requisitos que establece la ley, solicitaron el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), es decir, la cancelación de las deudas.
Sin embargo, el matrimonio deseaba conservar la vivienda habitual. Como el inmueble tenía más valor que las deudas, Eloy Rodríguez elaboró un plan de pagos que, finalmente, fue aprobado: tan solo tendrían que abonar 100 € al mes durante cinco años.
Una resolución favorable en poco más de dos meses
La documentación se presentó en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cáceres, que cumple las funciones de Juzgado de lo Mercantil en la provincia. El magistrado revisó la petición de exoneración y comprobó que se daban las condiciones necesarias para un concurso con masa, como era el caso.
Por tanto, concedió la exoneración parcial y provisional de las cantidades pendientes de pago. Si Natalia y su marido cumplen con el plan de pagos a cinco años, la deuda restante al finalizar ese plazo quedará exonerada.
El inicio del procedimiento se produjo en noviembre de 2023 y la resolución se publicó en enero de 2024. Fue un proceso muy rápido, teniendo en cuenta que en el periodo navideño hay muchos días que no son hábiles.
Auto de cancelación de deuda
Clicando en el siguiente enlace puede consultarse el auto de cancelación de deuda correspondiente a este caso. Los datos de las personas implicadas han sido borrados por motivos de privacidad: Perdonan 118.000 euros a matrimonio de Cáceres en dos meses y medio