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Requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad

Requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad: ser persona física o autónomo, estar en insolvencia, tener al menos dos acreedores y no haber cometido delitos. Además, se debe iniciar un procedimiento concursal, tener residencia en España y actuar de buena fe. Otro de los requisitos es que debe haber transcurrido un tiempo mínimo entre exoneraciones previas.

Requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad

Preguntas frecuentes relacionadas con los requisitos necesarios para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad

1.

¿La condena por un delito puede impedirme la segunda oportunidad?

2.

¿Qué delitos concretos pueden impedirme optar a la segunda oportunidad?

3.

¿Cabe la segunda oportunidad si estoy inmerso en una instrucción o enjuiciamiento penal?

4.

¿Cabe la segunda oportunidad si he recurrido una condena penal o sanción administrativa?

5.

¿Es posible la segunda oportunidad estando en paro, si rechazo algún empleo?

6.

¿Hay algún límite de deuda para obtener la segunda oportunidad?

7.

¿Puedo optar a la cancelación de deudas siendo socio de una sociedad anónima o limitada?

Ventajas

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Expedientes en curso

2.562

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Cancelaciones obtenidas

486

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Deuda cancelada

25.803.516 €

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