Cancelados 11.000 € a una madre soltera de Bilbao gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad
Muchas personas que trabajan en empresas de reparto de comida a domicilio se ven obligadas a darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Se trata de una práctica que ya no permite la ley española, que considera que estas personas deben tener un contrato por cuenta ajena. Este es el caso de Y.H. que cayó en una espiral de deudas con la Administración, que finalmente pudo cancelar.
Antes de que se aprobase la nueva legislación sobre falsos autónomos, Y.H. trabajaba en una de estas empresas de reparto. Como el resto de sus compañeros, se dio de alta en el RETA y pagaba sus cuotas. Sin embargo, al poco tiempo descubrió que sus ingresos eran muy inferiores a las expectativas y no le daban para llegar a fin de mes.
Y.H. era madre soltera y tuvo que hacer lo posible para sacar adelante a su hijo. Dejó de pagar las cuotas de autónomos a la Seguridad Social y pidió un minicrédito.
Poco tiempo después, pasó a cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y fue cuando todo su mundo se vino abajo. La Seguridad Social le reclamaba 1800 euros de cuotas de autónomo y el Gobierno vasco también le reclamaba una deuda. Le pidieron la devolución del IMV y de unos ingresos indebidos por parte de la Seguridad Social. En total, tenía una deuda que superaba los 11.000 euros.
Una clara situación de vulnerabilidad e insolvencia
Esta era la situación de insolvencia y vulnerabilidad de Y.H. cuando contactó con Libertad Sin Deudas para informarse sobre el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad. Su caso era más que evidente para el abogado concursal que le asesoró y acompañó en el procedimiento.
En mayo de 2024, presentamos la documentación en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Bilbao. Se solicitó un concurso sin masa, puesto que nuestra cliente no tenía bienes de ningún tipo, y la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), es decir, la cancelación de todas sus deudas.
Exoneración total de la deuda y un nuevo comienzo
El importe total de la deuda no era excesivo. Sin embargo, para una madre soltera, que únicamente cobraba el IMV y que no tenía muchas opciones para incorporarse al mercado laboral en aquel momento, el monto era inasumible.
Así lo entendió el tribunal, que le concedió la exoneración total de la deuda, incluidas las cantidades que debía a la Seguridad Social. El procedimiento terminó el 11 de noviembre de 2024. En menos de seis meses, Y.H. pudo dejar atrás la pesadilla de las deudas y los embargos y encarar el futuro con una nueva mirada.
Auto de cancelación de la deuda
A continuación, puedes ver cómo se canceló todo lo que debía esta madre soltera y trabajadora. Aquí te dejamos el auto de resolución.