Cancelados 129.608 euros a un matrimonio de Córdoba en cuatro meses
No todas las personas que contactan con Libertad Sin Deudas para informarse sobre la Ley de Segunda Oportunidad deben grandes cantidades de dinero. Y es que lo más importante no es la cuantía, sino la dificultad para hacerle frente. La exoneración de deudas es un beneficio que ofrece la legislación actual para particulares y autónomos en situación de insolvencia. El objetivo es devolver la tranquilidad a esas personas que, por diferentes circunstancias, están sobreendeudadas.
M.R. contactó con Libertad sin Deudas para exponer su compleja situación y pedir asesoramiento. Él y su esposa, casados en régimen de separación de bienes, habían sido socios y administradores de una sociedad limitada que no pudo superar las dificultades económicas.
Tanto M.R., que tiene una discapacidad del 83%, como su esposa, con una discapacidad del 33%, se encontraron con una deuda de 200.000 euros, procedente de varios préstamos, y de la que respondían de forma solidaria. En algunos casos eran titulares de los préstamos y en otros habían actuado como avalistas.
Endeudados por la actividad empresarial
Como consecuencia del cese de la actividad de su empresa, el matrimonio acumuló una gran deuda privada con varios acreedores. Cuando acudieron a Libertad Sin Deudas, la cantidad para la que querían solicitar la exoneración ascendía a 129.608 euros.
A pesar de la magnitud de la deuda, no poseían patrimonio alguno con el que hacer frente a las obligaciones. Sus ingresos, una pensión de 1.500 euros en el caso de él y de 800 euros en el de ella, estaban destinados íntegramente a cubrir sus gastos de vida y necesidades especiales derivadas de sus discapacidades.
El abogado concursal que se reunió con ellos estudió minuciosamente el caso. Uno de los aspectos relevantes de su situación era que, previamente, habían sido absueltos de un delito de alzamiento de bienes, lo que podía servir para allanar el camino para la segunda oportunidad.
Un procedimiento rápido y satisfactorio
Presentamos la solicitud de concurso sin masa y exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), argumentando la situación de insolvencia irreversible y la ausencia total de bienes embargables.
El procedimiento se inició el 17 de junio de 2024 en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba. El 4 de octubre de ese mismo año conocimos el auto por el cual el magistrado concedía la exoneración del 100% de la deuda.
En menos de cuatro meses, M.R. y su esposa consiguieron liberarse de una deuda que parecía insuperable y tuvieron ante sí una segunda oportunidad para recuperar la paz mental y una economía saneada.
Si te encuentras en una situación similar, no esperes más. Contacta con nuestros abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad. Libertad Sin Deudas puede ayudarte a recuperar la tranquilidad de saber que tus deudas tienen solución.
Auto de cancelación de la deuda
A continuación, puedes ver cómo se produjo la cancelación de las deudas de este matrimonio de Córdoba. Aquí puedes ver el auto de resolución.