Cancelados 260.000 € a una ciudadana de Santiago de Compostela con incapacidad permanente en 4 meses
La mayoría de las personas se propone alcanzar determinadas metas a medio y largo plazo, para lo que ponen todo de su parte. Sin embargo, a veces la vida tiene otros planes para nosotros. Circunstancias sobre las que no tenemos ningún control y que pueden tumbar nuestros sueños. Eso fue lo que le ocurrió a a esta ciudadana de Santiago de Compostela y que gracias a la Ley de Segunda Oportunidad pudo seguir adelante.
Este fue el caso de S.G., una cliente de Santiago de Compostela que contactó con Libertad Sin Deudas para que le ayudásemos a tramitar el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad y solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
En su primera reunión con el abogado concursal que la asesoró y acompañó hasta la finalización del concurso de acreedores, S.G. explicó cuál era su situación y cómo se había originado el sobreendeudamiento por el que pedía una segunda oportunidad.
S.G. había estado casada durante muchos años. A lo largo de este tiempo, había adquirido, junto a su marido, una casa y un piso, con sus correspondientes hipotecas. También habían comprado un camión que necesitaban para su trabajo.
Años después, llegó el divorcio y con él, nuestra cliente fue consciente de las deudas impagadas que se habían generado, ya que hasta ese momento las gestiones económicas de la familia recaían en el marido.
Concurso sin masa y solicitud de exoneración
En diciembre de 2023, cuando se declaró el concurso sin masa en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, S.G. tenía una deuda privada de 10.000 euros por una reparación, que había sido judicializada, además de un remanente de una ejecución hipotecaria pendiente. En la última notificación que había recibido, la entidad bancaria le reclamaba 170.000 euros de principal, más 18.000 euros de intereses y costas. Sumando la deuda pública, como IBI, tasas de basuras, IVTM, etc., el importe total de la deuda ascendía a 259.715 euros.
Su patrimonio era nulo, a pesar de un camión que constaba a su nombre, ya que su exmarido había gestionado la entrega del vehículo al desguace. En cuanto a sus ingresos, estos eran muy reducidos. A causa de una enfermedad, S.G. había obtenido diez años atrás un grado de incapacidad permanente absoluta, por el cual recibía una pensión de 740 euros.
Sentencia favorable y cancelación de la deuda
En el auto de 22 de diciembre de 2023 se acordó declarar en situación legal de concurso voluntario sin masa a S.G, que por aquellas fechas se había vuelto a casar en régimen de gananciales. Cuatro meses después, en abril de 2024, obtuvo la exoneración total de la deuda.
A pesar de que la Administración Pública se opuso, finalmente se ratificó la exoneración, ya que el magistrado halló que la solicitante se encontraba en situación de insolvencia, dada su imposibilidad de hacer frente a todas sus obligaciones dinerarias, lo cual quedaba sobradamente acreditado en el informe económico aportado.
Auto de cancelación de la deuda
A continuación, puedes ver cómo esta vecina de Santiago de Compostela con incapacidad permanente consiguió la exoneración de sus deudas. Aquí te dejamos el auto de resolución.