Cancelados 44.000 € a un ciudadano de Badalona en 5 meses
Una de las preguntas frecuentes de las personas que desean acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es si perderán su vivienda en el procedimiento de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Así resultó este caso de Badalona.
No existe una respuesta única que sirva para todos los casos. Por esta razón, antes de solicitar el concurso, un abogado especializado en la Ley de Segunda Oportunidad debe analizar la situación particular de su cliente.
Lo cierto es que sí se puede conservar la vivienda habitual, aunque se solicite la cancelación de las deudas. Este fue el caso de T.S., ciudadano afincado en Badalona, que quería saber si había posibilidad de mantener su casa.
Una cuestión de matemáticas
El abogado concursal de Libertad Sin Deudas que le asesoró y acompañó a lo largo del procedimiento hizo cuentas. Su cliente cobraba una nómina de unos 1600 euros mensuales con 14 pagas. Estaba separado y no tenía hijos.
Por otra parte, tenía deudas con varias entidades financieras por un total de 61.500 euros. Las cuotas ascendían a 1500 euros al mes. Sus gastos fijos (suministros, comida, transporte, etc.) eran de 700 euros mensuales. Finalmente, era propietario de un piso sobre el que existía una hipoteca de 25.000 euros, con una cuota de 450 euros, que llevaba al día.
En resumen, los gastos totales fijos, más los préstamos personales y la hipoteca, sumaban unos 2600 euros. T.S. cobraba 1600 euros.
Plan de pagos: una alternativa con ventajas
La solución para conservar su piso, con un valor de mercado de unos 70.000 euros, fue la siguiente. Como la hipoteca estaba al día, se dejaría al margen del procedimiento. Para el resto de la deuda, se propuso un plan de pagos a cinco años. Es decir, se reagrupó toda la deuda y se aprobó una cuota fija mensual de 300 euros que se destinaría de forma prorrateada a todos los acreedores y que se abonaría durante 60 meses.
En octubre de 2023, presentamos la solicitud de concurso y exoneración en el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona. Como había una propuesta de plan de pagos, hubo que nombrar un administrador concursal, que fue la persona encargada de elaborar el informe de solvencia y buena fe.
Cinco meses y una exoneración parcial sin comprometer la vivienda
El 2 de abril de 2024, unos cinco meses después, se hizo pública la resolución del magistrado que fue totalmente favorable para nuestro cliente.
La hipoteca quedó al margen del procedimiento, de modo que la vivienda no se vio comprometida. T.S. consiguió que se le exonerase un total de 44.000 euros, puesto que el plan de pagos asciende a 18.000 euros.
Si tienes una vivienda hipotecada y quieres conservar el inmueble, un plan de pagos para conseguir una exoneración parcial puede ser la solución. Reserva una primera reunión gratuita y sin compromiso con uno de los abogados concursales de Libertad Sin Deudas. Expón tu caso y te propondrá las mejores opciones para cancelar tus deudas.
Auto de cancelación de la deuda
A continuación, puedes ver cómo se canceló lo que debía este ciudadano de Badalona. Aquí te dejamos el auto de resolución.