Cancelados 83.181 € a una autónoma de Ourense que pudo conservar su vivienda
Los emprendimientos no siempre salen como uno espera. Eso fue lo que le ocurrió a Marta (nombre ficticio para proteger su identidad), una autónoma de Ourense que, junto a su marido, inició un proyecto empresarial que finalmente no prosperó. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, consiguió librarse de más de 83.000 € de deuda y mantener su vivienda familiar.
La situación de sobreendeudamiento de Marta y su cónyuge comenzó con la constitución de una sociedad limitada. La empresa no funcionó como esperaban y, tras varios intentos de reflotarla, se vieron obligados a cerrar y despedir a sus trabajadores.
La crisis derivada de la pandemia fue el golpe definitivo: los ingresos se redujeron hasta un nivel que hacía imposible la recuperación.
Aunque lograron liquidar las deudas laborales y uno de los empleados fue al FOGASA, quedaron importantes préstamos vinculados a la actividad de la sociedad. El resultado fue una deuda privada de 83.181 €, compuesta principalmente por un crédito de 55.000 € y un ICO de 15.300 €, en los que Marta figuraba como avalista.
A ello se sumaban otros préstamos personales de 5.000 € y 3.900 €, esta vez como cotitulares, cuyas cuotas mensuales ascendían a casi 500 €. En total, el matrimonio afrontaba más de 1.500 € de pagos al mes solo en préstamos, a lo que había que añadir los gastos habituales de la familia.
Ingresos y patrimonio de la familia
La familia contaba con unos ingresos modestos: 1.600 € del marido y 1.100 € de Marta, que se encontraba de baja por incapacidad temporal. Estaban casados y, para proteger el patrimonio común, modificaron su régimen económico a separación de bienes.
En cuanto a su patrimonio, Marta era titular de la vivienda familiar, con una hipoteca pendiente de 112.000 € que se encontraba al corriente de pago. El marido tenía a su nombre un coche financiado mediante leasing, con un capital pendiente de 9.600 €, y una caravana libre de cargas valorada en unos 7.000 €.
Pese a estas propiedades, la deuda acumulada hacía inviable su economía. La hipoteca consumía una parte significativa de sus ingresos y las cuotas de los préstamos absorbían prácticamente el resto.
La exoneración de la deuda
Ante esta situación, Marta y su marido decidieron solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad.
El procedimiento se resolvió con gran agilidad. El 17 de enero de 2024 el juzgado dictó auto de concurso y tan solo un mes después, el 20 de febrero de 2024, concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho.
Esto supuso la cancelación total de los 83.181 € de deuda privada, excluyendo la hipoteca de la vivienda, que se mantuvo en vigor.
Conservación de la vivienda familiar
Uno de los mayores logros de este procedimiento fue que Marta y su familia pudieron conservar la vivienda habitual.
Al estar la hipoteca al corriente de pago, la casa no se vio comprometida, lo que les permitió mantener la estabilidad y el arraigo familiar mientras se liberaban de la carga de los préstamos.
Un nuevo comienzo tras la exoneración
El 20 de febrero de 2024, Marta consiguió la cancelación total de sus deudas privadas. La hipoteca continúa activa, pero aliviada de los más de 83.000 € de préstamos, su economía familiar ha dado un giro radical. Hoy, Marta y su marido han cesado la actividad de la antigua sociedad y trabajan en un nuevo proyecto con la tranquilidad de no arrastrar las deudas del pasado.
Este caso demuestra que la Ley de la Segunda Oportunidad no solo permite cancelar deudas, sino también proteger bienes esenciales como la vivienda familiar, ofreciendo a las personas una auténtica posibilidad de empezar de nuevo.
Auto de cancelación de la deuda
El 100 % de la deuda privada de Marta fue exonerada, sin que su vivienda habitual se viera afectada. A continuación, puedes ver el auto de resolución.