Exoneración 111.740 € a un ciudadano de Sabadell
La crisis inmobiliaria que comenzó en 2008 y la pandemia de COVID-19 son dos de las causas más frecuentes de insolvencia que se solucionan gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.
Publicado 27/02/24
Actualizado 15/07/25
ARTÍCULO VERIFICADO POR:
Abogado concursal especializado en Ley Segunda Oportunidad
Dos trabajos para llegar a fin de mes
Este es el perfil de Carlos (nombre ficticio), residente en una población cercana a Sabadell. Nacido en 1985, trabajaba desde hacía años en una empresa de diseño industrial de elementos para automoción. Cobraba el salario mínimo interprofesional (SMI), que en aquel momento era de unos 850 euros mensuales. Con horas extra y otros complementos, podía alcanzar los 1200 euros mensuales.
En 2020, la irrupción de la pandemia provocó que la empresa donde cobraba la mayor parte de su salario pidiera un ERTE, con lo que sus ingresos se vieron muy mermados. Para poder cubrir sus gastos vitales y hacer frente a sus pagos, Carlos buscó un segundo empleo como repartidor de comida a domicilio.
Hipoteca, pandemia y ERTE: caldo de cultivo para la insolvencia
El origen de la insolvencia que le llevaría posteriormente a solicitar la cancelación de sus deudas se encuentra aquí. Pero a la crisis de la pandemia se sumaron otros factores. Carlos era deudor hipotecario, aunque la persona titular del inmueble era su madre. Él pagaba el préstamo más todos los gastos y residía en la vivienda junto a su progenitora.
Sus ingresos eran bastante ajustados en proporción a los gastos que tenía que asumir. El ERTE supuso que no pudiera cobrar el 100% de la base reguladora, con lo que a partir de ese momento los impagos empezaron a acumularse.
Cuando contactó con Libertad Sin Deudas para solicitar consejo sobre la Ley de Segunda Oportunidad, tenía una deuda hipotecaria de 87.000 euros. Además, arrastraba otros préstamos e impagos de inferior cuantía que, entre todos, sumaban unos 25.000 euros.
Cancelación total y definitiva en seis meses
Eloi Esmerats Rodríguez, abogado concursal colaborador de Libertad Sin Deudas, se hizo cargo de su expediente. Analizó la situación y comprobó que reunía los requisitos para obtener el Beneficio de Exoneración de Pasivo Insatisfecho (BEPI).
Presentaron la solicitud en el Juzgado Mercantil número 2 de Barcelona con la modalidad de concurso sin masa, también conocido como concurso exprés. Este proceso concursal es más rápido porque, desde su inicio, se constata que la persona deudora no tiene activos o estos no son suficientes para satisfacer los gastos del proceso concursal.
Puesto que nuestro cliente no tenía vivienda habitual (únicamente era titular de la hipoteca) ni acumulaba deudas con Hacienda o la Seguridad Social, el magistrado concedió la exoneración total y definitiva del pasivo insatisfecho.
En septiembre de 2022 se inició el procedimiento y seis meses después, en marzo de 2023, Carlos pudo liberarse de la angustia de los impagos, la acumulación de intereses, la presión de los acreedores y las noches en blanco.
¿Te encuentras en una situación similar? No esperes más y consulta con los abogados colaboradores de Libertad Sin Deudas. Podemos ayudarte.
Auto de cancelación de deuda
Clicando en el siguiente enlace puede consultarse el auto de cancelación de deuda correspondiente a este caso. Los datos de las personas implicadas han sido borrados por motivos de privacidad: Conceden la exoneración de 111.740 € a un ciudadano de Sabadell en concurso exprés