Cancelados 16.756 € a una viuda de Cádiz con familia numerosa en 3 meses gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad
Mantener una familia siempre es complicado cuando no se disponen de muchos recursos. Si, además, hablamos de una mujer viuda y con familia numerosa, las dificultades para salir adelante se multiplican. Eso fue lo que le ocurrió a G.S. Aquí te cuento cómo pudo salir adelante gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.
Este fue el caso de G.S., que contactó con Libertad Sin Deudas para informarse sobre la posibilidad de obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), es decir, la cancelación de las deudas que había adquirido en los últimos años y a las que no podía hacer frente.
La Ley de Segunda Oportunidad contempla cuestiones como la información patrimonial aportada por la persona que solicita la exoneración, su nivel social y profesional y las circunstancias personales del sobreendeudamiento.
En este procedimiento, nuestra cliente cumplía sobradamente estos y los restantes requisitos para obtener la cancelación de las deudas. Como hemos comentado, G.S. es una mujer viuda que tiene a cargo una familia numerosa.
Su exigua pensión de viudedad, de unos 600 euros, más el complemento de 200 euros mensuales que recibe por ser titular de familia numerosa, apenas alcanzan para cubrir los gastos vitales.
Cuando los problemas parecen no tener fin
Durante la etapa de la pandemia, tuvo que dejar de pagar algunos créditos personales que había contratado con varias entidades financieras. Los acreedores judicializaron su caso y, como resultado, le estaban embargando el complemento de familia numerosa.
Al ver reducidos sus escasos ingresos, comenzó a retrasarse con el pago del alquiler. Por si todo esto fuera poco, sufrió un ictus. Con todo lo que esta enfermedad implica para una madre de familia, su situación era realmente angustiosa.
Cuando contactó con nosotros, tenía una deuda cercana a los 17.000 euros. Había que actuar rápido y el abogado concursal colaborador de Libertad Sin Deudas recopiló toda la documentación para presentarla en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, solicitando la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
Exoneración del 100% de la deuda en tres meses
El 8 de abril de 2024, el magistrado declaró el concurso sin masa de nuestra cliente, puesto que no tenía bienes que se pudieran liquidar para hacer frente a la deuda. Tres meses después, en julio de 2024, conocimos el resultado favorable de la sentencia por la cual quedaban “exonerados la totalidad de los créditos de la persona concursada conforme consten detallados en la lista de acreedores”.
Fue una noticia excelente para G.S., puesto que la cancelación de la deuda implica que los embargos quedan sin efecto. De hecho, una de las ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad es que, en el momento en que se inicia el procedimiento, se paralizan los embargos que hubiera.
Solo se podrían reactivar en caso de que la persona no obtuviera la cancelación de la deuda, algo muy poco probable si se acude al juzgado con el asesoramiento de abogados concursales expertos como los que colaboran con Libertad Sin Deudas. Nuestra tasa de éxito es prácticamente del 100%.
Auto de cancelación de la deuda
A continuación, puedes ver cómo esta viuda de Cádiz con familia numerosa consiguió la exoneración de sus deudas. Aquí te dejamos el auto de resolución.