Concurso Express
Tramitar un concurso de acreedores es la solución más efectiva si tu empresa tiene deudas que no puede asumir. No basta con darse de baja en Hacienda para hacer borrón y cuenta nueva.
Gracias a la nueva ley concursal, el concurso express facilita mucho este procedimiento. Por eso, si quieres empezar de cero, te contamos cuáles son los requisitos para concursos de acreedores express. ¡Toma nota!
¿Qué es un concurso de acreedores express?
Se denomina concurso exprés a aquel en el que la empresa no tiene activos para mantener su actividad o los propios gastos del concurso. En estos casos, el juez aprecia que el patrimonio del deudor que se tiene en cuenta en el proceso (masa activa) es insuficiente. Por tanto, no se pueden satisfacer ni los gastos del procedimiento ni los créditos contra la masa, según los casos.
Lo que caracteriza al concurso de acreedores express es que en él se consiguen la declaración y la conclusión al mismo tiempo. De esta manera, se evita atravesar cada una de las etapas del procedimiento concursal y se acortan tanto los trámites como el tiempo del proceso.
Se desarrollará así un procedimiento sencillo, en el que no habrá liquidación o esta se realizará de modo más rápido, ceñido a ciertas deudas. Por tanto, los efectos del concurso de acreedores express son la extinción de la empresa y la cancelación de deudas.
¿Para quién es un concurso express?
Está dirigido a aquellas personas que son insolventes debido a una acumulación de deudas que no pueden cubrir con sus ingresos o facturación actual ni vendiendo activos. Además, no existe la posibilidad de reflotar esa situación en el futuro.
Es aplicable a todo tipo de deudores, personas físicas o jurídicas, aunque hay algunas diferencias. Por lo demás, constituye una vía idónea si se pretende la extinción rápida de una empresa inviable.
Asimismo, en el caso de particulares o autónomos, se busca optar sin excesivas dilaciones a la cancelación de deudas pendientes mediante la EPI.
¿Qué tipo de deudor puede acogerse a un concurso de acreedores express?
El tipo de deudor al que está destinado el concurso de acreedores express es un particular, autónomo, sociedad mercantil o ente que:
- Carece de patrimonio o apenas dispone de fondos, activos e ingresos relevantes y no tiene previsión de obtenerlos.
- Acumula deudas que no puede cubrir ni en una pequeña parte con ese patrimonio.
- Carece de actividad económica o, si la tiene, su continuidad es ya inviable.
- No ha incurrido en comportamientos negligentes o de mala fe. Entre ellos, apropiarse de bienes u ocultarlos, falsear documentos, aportar datos inexactos, simular situaciones económicas no reales, no formular cuentas anuales si es obligado, llevar contabilidades irregulares, distraer bienes, enajenarlos o cederlos de modo injustificado o perjudicial, etcétera.
Este último punto debe asociarse al deudor persona física o a los administradores, directores generales o responsables del deudor persona jurídica.
Objetivo del concurso de acreedores express
El objetivo principal de los concursos de acreedores express es no alargar la duración del procedimiento ni incrementar el importe de la deuda. Sobre todo, cuando es evidente la inexistencia de patrimonio aplicable al pago.
De hecho, antes de comenzar un proceso de estas características, también se debe pensar en cuánto cuesta un concurso de acreedores express. Las deudas por los gastos ocasionados (costas, minutas de abogados, coste del administrador concursal…) son parte de los créditos contra la masa. Por tanto, se consideran cobros con la máxima prioridad. Además, dentro de este grupo de créditos, previos a los demás concursales, una parte de esos gastos sería prededucible. En concreto, los imprescindibles para la liquidación, si esta se produce, aprobados por el juez.
Por ello, un concurso simplificado evitará generar nuevos gastos que:
- Castigarían aún más la situación crítica del deudor.
- Adquirirían mayor preferencia sobre los escasísimos bienes del concursado que otros créditos existentes de los acreedores.
Lo primero iría contra el interés del deudor sin favorecer a los propios acreedores. Lo segundo resultaría poco equitativo.
Ventajas y beneficios del concurso de acreedores express
Son varios los beneficios que puede aportar el que se sustancie el concurso por este procedimiento rápido.
Los siguientes son los más destacables:
- Es una vía que permite cumplir la obligación de solicitar el concurso.
- El procedimiento tiene una tramitación sencilla.
- En ocasiones, se prescinde de nombrar un administrador concursal.
- Se evita el riesgo de que se califique el concurso como culpable.
- El procedimiento tiene un coste moderado.
- La conclusión del concurso es más rápida.
A continuación, vamos a ver cada uno de ellos más detenidamente.
Se cumple con la obligación de solicitar el concurso
Será el deudor el que tome la iniciativa de solicitar el concurso de acreedores express. Asimismo, cumplirá con ello su obligación de no demorarse más de dos meses en solicitar su concurso desde que conoció o debió conocer su insolvencia. Y lo hará sin por ello adentrarse en un procedimiento largo.
Por otro lado, será el juez el que determine si se sigue esta vía procedimental. Sin embargo, puede preverse con el estudio de la solicitud. Se apreciará así si se ha valorado bien la situación patrimonial y es constatable que resultará insuficiente incluso para cubrir las deudas más preferentes.
Tiene una tramitación más sencilla
En general, no habrá fase de convenio, ni de calificación ni de liquidación. Y la fase común será solo un acto, el de declaración/conclusión, incluyendo como mucho un posible trámite de recurso. No obstante, en el caso de personas físicas, sí puede haber liquidación, pero será rápida, con pagos según un orden de prioridad específico.
El concurso de acreedores express es, por tanto, un procedimiento mucho más simple que el que se da en otros concursos abreviados y ordinarios.
Prescinde de la administración concursal
En el concurso express no habrá nombramiento de administrador concursal, salvo en el caso de deudores particulares o autónomos. Y esto siempre que tengan algunos fondos y bienes con los que pagar algunos créditos contra la masa y opción a solicitar la EPI.
Al no intervenir esta figura, se generan menos costes, se simplifican los trámites y no habrá intervención de facultades del deudor. Por otro lado, cuando no se designa esta figura es porque no habrá liquidación.
Evita el riesgo de que se califique el concurso como culpable
Si, una vez examinado el caso, no es previsible el riesgo de concurso culpable, no habrá calificación. Esto evita a priori las consecuencias negativas que podría comportar que se llegara a dar al concurso esta consideración (inhabilitaciones, responsabilidad de administradores…).
Por supuesto, se trata de un requisito, por lo que debe fundamentarse de inicio en la inexistencia de hechos reveladores de comportamientos negligentes o maliciosos del deudor.
Coste moderado
Al eliminarse varias fases (convenio, calificación, liquidación, algunas secciones de masa activa y pasiva), bastantes trámites y prescindirse en algunos casos de la administración concursal y de la liquidación, el coste de un concurso express es moderado.
Esto es muy relevante, pues evita que se siga deteriorando aún más la ya de por sí crítica situación patrimonial del concursado.
La conclusión del procedimiento es más rápida
La simplificación de fases y trámites en el concurso de acreedores express acelera el fin del procedimiento. Y, con ello, la extinción de la empresa y, si procede, la concesión inicial la EPI.
Asimismo, para la propia Administración de Justicia (a menudo colapsada, sobre todo en coyunturas de crisis) esta modalidad constituye una vía de desahogo, al tramitar muchos procedimientos de modo muy simplificado.
Requisitos del concurso de acreedores express
Para que se active la vía del denominado concurso express, el juez deberá estimar que:
- Con el patrimonio disponible del deudor no se cubrirán los gastos del procedimiento. Por otro lado, si el deudor es persona física, el patrimonio no alcanzaría para pagar todos los créditos contra la masa.
- El concurso no se calificará como culpable. Dicho de otro modo, el deudor no debe tener ciertos comportamientos que puedan justificar esa consideración.
- No sería previsible el ejercicio de acciones de reintegración de fondos o bienes al patrimonio del deudor, mediante rescisión de operaciones recientes.
- No se prevén acciones posibles de exigencia de responsabilidad que puedan de igual modo incrementar el patrimonio. Por ejemplo, dirigidas a socios con aportaciones pendientes, administradores, liquidadores, auditores, otros contratantes, terceros implicados…
Asimismo, si hubiera algún bien con garantía real, deberá quedar claro que, tras la ejecución, no se obtendrían fondos sobrantes con los que pagar deudas distintas a la garantizada.
Fases y esquema del concurso de acreedores
Justificar que no hay suficiente masa activa permite solicitar el concurso express. Y esta solicitud debe contener toda la documentación que exige la ley concursal para este procedimiento:
- Una memoria explicativa que incluya lo siguiente:
- La historia jurídica y económica de la empresa.
- Los cambios significativos operados en el patrimonio.
- Las operaciones realizadas tras la presentación de las últimas cuentas anuales.
- Inventario de bienes y derechos.
- Relación de acreedores.
- Plantilla de trabajadores.
- Cuentas anuales de los últimos 3 ejercicios.
Pese a la sencillez de este documento, es laborioso y minucioso. Cualquier tipo de error o duda puede hacer que el juez declare el concurso como no express. En ese caso, tendría que continuar por los cauces ordinarios tras nombrar al administrador concursal.
¿Qué pasa si se nombra a un administrador concursal en un procedimiento express?
El juez puede acceder a esta petición tras la solicitud de los acreedores. En este caso, el administrador tendrá que presentar un informe detallado sobre el cumplimiento de los requisitos en un plazo no superior a un mes. En él tendrá que hablar sobre si hay indicios de:
- Culpabilidad. Si el deudor ha agravado o provocado la insolvencia con su comportamiento (intencional o negligente).
- Actos perjudiciales para la masa activa que deban ser rescindidos. Si del patrimonio del deudor han salido bienes cuando este ya estaba en estado de insolvencia, en los dos últimos años.
- Responsabilidad. Entonces, la deuda se derivaría de manera personal a los administradores o al personal de dirección.
Una vez el juez tenga el informe, valorará los indicios expuestos y resolverá en un auto. Así, si hay bienes, podría ordenar la apertura de la liquidación de la masa activa. Por otro lado, si deben ejercitarse acciones rescisorias o sociales, el administrador dispondrá de dos meses desde la fecha de presentación del informe.
¿Cómo funciona un concurso de acreedores express?
Como ya sabes, en los concursos de acreedores express se ordenan la apertura y la conclusión del procedimiento en el mismo acto judicial. Y esto solo sucede cuando el deudor no dispone de patrimonio suficiente para cubrir los gastos del procedimiento o el conjunto de créditos contra la masa.
Entonces, si se cumplen los requisitos del concurso de acreedores express, se desarrolla un procedimiento simplificado en el que puede ocurrir que:
- No haya liquidación.
- Se ejecute una liquidación rápida, con pago de algunos créditos contra la masa siguiendo un orden de prioridad específico.
Pero ¿cómo funciona un concurso de acreedores express? Vamos a ver, a continuación, en qué consiste cada una de las fases del concurso express:
Solicitud de concurso
La solicitud de concurso express, como tal, la inicia el deudor. No obstante, el juez también puede apreciar que procede esta vía a partir de una solicitud convencional del deudor o de los acreedores, una vez examinados los datos, documentos y constatada la insuficiencia patrimonial.
Aportación de información y documentos
La solicitud del deudor deberá acompañarse de la misma información y documentación que en una petición ordinaria de concurso. Entre otros documentos, serán necesarios la memoria económico-jurídica del deudor, la justificación de la insolvencia, el inventario de bienes y la lista de acreedores y créditos. En el caso de empresas, además, habrá que aportar memoria de la actividad, lista de empleados, cuentas anuales recientes, etc.
Si solo hay algún bien hipotecado o pignorado, deberá aportarse una valoración técnica. Esto permitirá concluir que lo garantizado no queda por debajo del valor del bien.
Por otro lado, si la solicitud es de otro legitimado, deberá incluir información sobre los créditos y justificantes de los hechos reveladores de insolvencia o petición de pruebas para acreditarlos.
Valoración del juez de presupuesto y requisitos
El juez valorará los datos y documentos a fin de comprobar si existen o no bienes suficientes con los que pagar los gastos del procedimiento (o los créditos contra la masa, si es persona física).
Comprobación de la insuficiencia patrimonial del deudor
El patrimonio del deudor será considerado por el juez como insuficiente para esos pagos aunque en ese patrimonio existan:
- Ingresos o bienes inembargables, de poco valor, invendibles o muy deteriorados.
- Algún bien hipotecado o pignorado, si tras la ejecución no sobraría dinero con el que zanjar otras deudas además de las garantizadas.
Por tanto, si hay activos pero son irrelevantes a efectos de los pagos, ello no impedirá considerar el patrimonio como insuficiente.
Estimación del cumplimiento de otros requisitos
El juez deberá deducir, además, que no será previsible:
- Realizar reintegraciones al patrimonio del deudor, por rescisión (anulación) de operaciones recientes perjudiciales o ejercicio de acciones de responsabilidad de terceros.
- Calificar el concurso como culpable por comportamientos negligentes o maliciosos de este.
Declaración de apertura y cierre del concurso
Realizadas las comprobaciones, si se dan los presupuestos y requisitos, el juez en un mismo auto declarará abierto el concurso. A su vez, ordenará su conclusión simultánea por insuficiencia de masa activa y se publicará en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Si no se considerara el patrimonio insuficiente, se continuará tramitando el concurso por la vía que corresponda.
Posible recurso contra la conclusión del concurso
Esta decisión de conclusión simultánea está abierta a que algún acreedor u otra persona con interés legítimo la recurra, si considera que no procede. Los motivos pueden ser diversos, aunque la mayoría están relacionados directa o indirectamente con la posibilidad de que se incremente el patrimonio del deudor o se confirme que existe y es relevante. Hablamos, por ejemplo, de que se estime que el deudor:
- Tiene otros bienes conocidos.
- Posee patrimonio oculto.
- Dispone de algún bien hipotecado, pero la deuda garantizada es muy inferior a la tasación o el valor de mercado.
- Realizó operaciones recientes perjudiciales para su patrimonio que se pueden rescindir.
- Tuvo comportamientos que calificarían el concurso como culpable.
También el deudor puede oponerse a la conclusión precipitada del concurso sin liquidación, si cree que ello le perjudicaría. Esto puede darse, por ejemplo, en una persona física que prevé viable lograr la EPI mediante un plan de pagos.
Si no hay recurso o no se estima, la conclusión será firme, aunque quede algún trámite por sustanciar.
Desarrollo del procedimiento
En general, se impone una simplificación de trámites:
- No habrá fases de convenio, calificación y liquidación.
- Dentro de la fase común, el trámite será más sencillo y rápido. No se abrirán las secciones específicas de determinación de la masa activa y de la masa pasiva si no hay impugnaciones.
Además, hay ciertas diferencias en función del tipo de deudor.
Deudores que sean personas jurídicas en un concurso express
Se abrirá y cerrará el concurso en el mismo acto judicial si el patrimonio no existe o no cubre los gastos del procedimiento. No se realiza la liquidación de activos, porque no hay bienes. Sin embargo, si los hubiera, no se tienen en cuenta para los pagos a acreedores o considerarse afectos a deudas específicas sin potencial sobrante tras la ejecución.
En este supuesto, no se nombrará administrador concursal.
Deudores que sean personas físicas en un concurso de acreedores express
Si el deudor carece de bienes, no tiene previsión de ingresos y no tiene opción a la EPI, lo normal es que se aplique el esquema anterior para personas jurídicas.
Pero si el particular o autónomo dispone de algunos bienes:
- Se abrirá y cerrará el concurso en el mismo acto judicial si el patrimonio no existe o no cubre todos los créditos contra la masa.
- Se nombrará administrador concursal. Se producirá precisamente por realizarse una liquidación acelerada y porque, tras la conclusión del concurso, con ciertos requisitos, podría ser concedida la exoneración de deudas mediante la EPI.
- La liquidación será rápida, sin el habitual plan de liquidación, siguiendo en los pagos un orden de prioridades específico. En concreto:
- Tendrán la máxima prioridad como importe prededucible los créditos imprescindibles para efectuar la liquidación. Entre ellos, algunos gastos de la administración concursal autorizados por el juez.
- Se reordenará la prioridad dentro de los demás créditos contra la masa respecto del general. La lista incluye deudas por salarios recientes, otros salarios e indemnizaciones, ciertos pagos por alimentos, costas y gastos judiciales y demás conceptos de este grupo.
Conclusión del concurso
En la conclusión del concurso de acreedores express pueden darse dos supuestos:
- La extinción de deudas y de la empresa.
- Obtención del BEPI por personas físicas.
¿Cómo se llega ahí?
Extinción de deudas y de la empresa deudora tras el concurso express
Realizados los pagos, si proceden, y sustanciados los posibles recursos, el concurso quedará concluido y se extinguirá la empresa. Esto implica la baja y eliminación en el Registro Mercantil.
Al desaparecer la empresa y verificarse que no tiene activos, es como si se cancelaran esas deudas pendientes por imposibilidad de cobro. No obstante, no es exactamente así de modo formal.
Tanto en el caso de concurso express como en cualquier otro concurso que concluya quedando deudas por pagar, tras esa extinción de la sociedad subsistirá una cierta personalidad jurídica. Esta quedará latente a efectos de resolver posibles asuntos pendientes o que puedan suscitarse. ¿En qué casos? Por ejemplo, si hay que deshacer ciertas relaciones jurídicas o culminar otros trámites, o hay nuevas demandas (improbables) o se reabre el concurso por aparición de bienes, entre otras circunstancias.
Obtención de la EPI por personas físicas tras el concurso express
La normativa concursal determina que el deudor persona física será responsable del pago de los créditos no satisfechos en el concurso. Podrá evitarlo, total o parcialmente, si obtiene la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
Cumpliendo ciertos requisitos (ser deudor de buena fe, satisfacer algunos créditos y/o zanjar el pago en un calendario de hasta cinco años) podrá librarse así de las deudas pendientes consideradas exonerables.
¿Cuánto tarda un concurso express?
La idea principal al solicitar un concurso express es ahorrar tiempo y trabajo. Así, la tramitación desde su presentación hasta la declaración del concurso y conclusión no suele llevar más de 3 meses.
No obstante, este plazo no puede tomarse al pie de la letra, pues dependerá del Juzgado y de su carga de trabajo. Además, en ocasiones, el procedimiento podría verse dificultado por complicaciones sobrevenidas.
Factores de los que puede depender la duración de un concurso express
La mayor o menor duración de un concurso express puede depender de factores como los siguientes:
- Algunos concursos contarán con administrador concursal y otros no.
- Los habrá con un trámite rápido de liquidación y pago, pero en otros este no se producirá.
- Aunque haya bienes escasos o una lista breve de acreedores, algunos casos resultarán algo más complejos que otros.
- Puede haber oposiciones, impugnaciones y recursos que deberán dirimirse. Estos pueden ser de acreedores, otros legitimados o incluso del propio deudor contra la decisión de concluir el concurso o sobre otros aspectos del procedimiento.
- No todos los juzgados funcionan con la misma prontitud y agilidad.
Como decimos, un concurso express puede sustanciarse en un período de entre MES Y MEDIO y TRES MESES si el trámite discurre con agilidad, sin interrupciones y no hay pagos; o si, al disponerse de poco patrimonio, se procede a una liquidación de ejecución fácil.
Si los datos del caso revisten una cierta complejidad, son precisos más trámites o hay demoras, el plazo puede alargarse algunos meses más (hasta SEIS o NUEVE meses, por ejemplo). Pero no es habitual que estos concursos se dilaten tanto.
El concurso express dura menos que otros concursos
Incluso el más complejo de los casos, si se tramita mediante la vía express, se extenderá durante un lapso de tiempo inferior al de otros concursos, que pueden llegar a dos, tres o cinco años, o incluso a más.
A este riesgo de duraciones prolongadas se exponen esos otros procedimientos, abreviados u ordinarios, debido a que:
- El esquema del proceso se recorre de modo más completo.
- Se da una mayor complejidad en los datos intrínsecos presentados por el deudor o en los determinados con posterioridad.
- Se abren etapas preconcursales previas.
- Puede haber transmisiones de activos o de empresas.
- Se tramitan incidentes paralelos en el procedimiento.
- Caen las solicitudes en juzgados colapsados, entre otros factores.
Por otra parte, en ocasiones se tramitan concursos con insuficiencia de patrimonio del deudor en los que el despliegue del procedimiento, aunque se desarrollará con un esquema también simplificado, no resultará tan sencillo como en un concurso express. Sin embargo, no se abrirán y cerrarán estos otros concursos en un mismo acto. Y habrá más tareas del administrador concursal (incluyendo un informe). Pero la liquidación será igualmente más rápida que en los abreviados u ordinarios antes citados.
¿Cuánto cuesta un concurso de acreedores express?
Aunque puede haber muchas variantes, lo que cuesta un concurso de acreedores express puede rondar los 2.000 euros.
Para verlo con un ejemplo, el coste de un concurso en el que un el importe de masa pasiva (deuda) fuera de unos 50.000 euros, sin intervención de administrador concursal y sin liquidación y pago de créditos contra la masa (o con algún pago muy sencillo de ejecutar), podría ser de:
- Honorarios de abogado y procurador: 400 euros.
- Abogado: 1400 euros.
- Costes de publicación registral: 280 euros.
A estos gastos habría que añadir algunos tributos como tasas o impuestos aplicables, entre otros. Además, se añadirán ciertos gastos imprescindibles del administrador concursal, si se nombra esta figura y debe realizar la liquidación rápida de activos para pagar algunos créditos contra la masa.
¿Cuánto cuesta un concurso abreviado u ordinario?
Los concursos con esquema procesal completo, abreviados u ordinarios, generan su coste global por conceptos como los siguientes:
- Honorarios de abogados y de procuradores.
- Retribución del administrador concursal.
- Remuneración de auxiliares y expertos, si participan.
- Retribución de peritos, si intervienen.
- Tasas judiciales.
- Costas judiciales.
- Coste de publicaciones y otros trámites registrales.
En el cálculo de las remuneraciones y en el devengo de más o menos gastos pueden influir datos como el importe de las deudas y el valor de los bienes. Pero también otros factores como la complejidad del inventario de bienes y la lista de acreedores o que se transmitan activos o unidades productivas, se negocien convenios, se tramiten impugnaciones, recursos o incidentes paralelos, haya rescisiones de operaciones perjudiciales, se abra la fase de calificación, se complique la gestión de los despidos colectivos, se produzcan muchas reuniones con el administrador concursal, etcétera.
Factores que pueden incrementar el coste
En todo caso, sea cual sea el importe estimado que se presente como oferta por un despacho concursal, hay que tener en cuenta que, al final, el coste de un concurso express de acreedores se puede ver incrementado si:
- Se comprueba que la deuda es mayor.
- Se nombra administrador concursal.
- Hay liquidación rápida y pago de créditos contra la masa.
- Se realiza algún otro trámite añadido.
- Deben resolverse asuntos colectivos de trabajadores.
- Se incluye un asesoramiento extra, además del básico ligado a la presentación de la solicitud.
Hay ofertas con precios atractivos, pero también ofertas trampa
En el mercado, podemos encontrar incluso ofertas explosivas de precios globales por debajo de 1000 euros. Pero hay que mantener ciertas cautelas ante ellos.
Sin generalizar nada negativo (otorgando siempre el beneficio de la duda a cualquier oferta), sí conviene advertir que oportunidades así, casi de saldo, pueden en ocasiones:
- Encubrir una prestación de servicios de escasa calidad que:
- No pase de una mera labor de gestión administrativa con recopilación y presentación de documentación (sin asesoramiento alguno, que se devengaría aparte).
- Zanje casi todo el apoyo legal mediante trámites telemáticos, sin que veas a tu abogado.
- Ocultar pluses por determinados trámites, costes o tributos previsibles. (Por ejemplo, que deba añadirse el coste de procurador, los registrales, las tasas, el IVA del servicio jurídico…).
Pero hay ofertas moderadas y bien calculadas, a veces incluso con pagos periódicos, que sí pueden resultar atractivas y fiables. Estas dejan claro qué conceptos se incluyen en ese precio y, si los hay, los costes que deberían añadirse o serían posibles. En estos casos, puedes lanzarte a contratar concursos de acreedores express online.
Confía en tu abogado antes de lanzarte al concurso express
Aunque el concurso express se desarrolle como procedimiento simplificado, mucho más sencillo y rápido que otros, conlleva cierta complejidad. Además, no hay que olvidar las sentencias del Tribunal Supremo en relación al concurso de acreedores express y los trabajadores que se acogen al FOGASA.
Esto te obligará, como deudor, a estudiar bien el caso, valorar correctamente tu patrimonio, listar las deudas pendientes y preparar todos los datos y documentos que hay que presentar como acompañamiento de la solicitud.
Si crees que tu situación te lleva hacia esta vía, confía tu caso sin demoras a un abogado experto en derecho concursal. Con tiempo, te ayudará a valorar esa opción, cumplir todos los requisitos legales, justificar tu situación de insolvencia, preparar la documentación precisa, valorar los demás pasos del posible trayecto judicial y evitar dilaciones innecesarias.
Asimismo, este profesional, con su equipo legal, te asesorará si en tu negocio debes tomar decisiones previas de tipo contable, fiscal, laboral o societario.
Y si eres un particular o autónomo, te guiará en el trámite de solicitud de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Así, si cumples algunos requisitos, lograrás liberarte de todas o algunas de esas deudas que ahora tanto te agobian.
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